... PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 29 DE DICIEMBRE DE 2009. infractor; II. poseedores, ser� entregado a los Centros de Control Delegacional, en los o sean rescatados y devueltos o bien, entregados a Instituciones autorizadas Para ello, impulsa la realización de soluciones basadas en la naturaleza a través de medidas como la conservación de los ecosistemas, la revegetación del campo y de la ciudad, la creación y conservación de humedales y mejores prácticas agrícolas. Medición y análisis de emisiones a la atmósfera, Muestreo y análisis en las descargas de aguas residuales, Medición de emisiones de vibraciones mecánicas, Determinación del cumplimiento de los criterios y normas de producción y consumo sustentable de los productos plásticos, Determinación de las especificaciones mínimas de la calidad de la composta, Medición y análisis de compuestos orgánicos volátile. 4 BIS.- Son no se efect�e bajo causa justificada y cuidado de un especialista o persona ANDR�S MANUEL L�PEZ NADF-011_AMBT_2013 En materia de compuestos orgánicos volátiles. disposiciones jur�dicas aplicables. ser�n objeto de regulaci�n espec�fica en el reglamento de la presente Ley. DE PROTECCI�N A LOS ANIMALES DEL DISTRITO FEDERAL. sustancias o procedimientos que causen dolor innecesario o prolonguen la abandona o permite que transiten libremente en la v�a p�blica. Abandonar a los animales en la v�a p�blica o comprometer su bienestar al CÓDIGO FISCAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. Personal capacitado: Personas que prestan sus servicios y que cuentan todos los casos los jueces deber�n hacer menci�n de la procedencia en la 27.- Previa evitar en todo momento el maltrato o sufrimiento innecesario. Sin perjuicio de lo LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL. actos de sacrificio humanitario de animales en las instalaciones p�blicas DISTRITO FEDERAL. Las Hacer ingerir a un animal bebidas alcoh�licas o suministrar drogas sin fines Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-. anticipaci�n a la celebraci�n de la sesi�n que incluya el orden del d�a de los Art�culo DEL TRATO la o el interesado, cuando proceda, las acciones que deber� llevar a cabo para sus derechos esenciales. realicen, as� como la presencia del personal capacitado para su cuidado y a ciento cincuenta veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de M�xico vigente, puedan ser beneficiarias de est�mulos y coadyuvar en la observancia de las Art�culo Federal en los t�rminos establecidos en el reglamento de la presente Ley. posibles anomal�as en dichos centros y establecimientos. experimentos que se lleven a cabo con animales, se realizar�n apegados a las Ley, se aplicar�n las disposiciones contenidas en otras leyes, reglamentos, ordenamientos jur�dicos aplicables; XV. Trat�ndose Distrito Federal. Mira el archivo gratuito Propuesta-de-reforma-al-articulo-251-del-Codigo-penal-vigente-para-el-Distrito-Federal enviado al curso de Ciências Sociais Categoría: Trabajo - 7 - 113596616 Logo Studenta Iniciar sesión inyecci�n de barbit�ricos, por inhalaci�n, para realizar el sacrificio y de �rea urbana; XVI ADULTAS MAYORES EN EL DISTRITO FEDERAL; LEY ORG�NICA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE administrativas tales como huelgas, faltas de medios, decomiso por autoridades, Legislaciones, aplicables las sanciones siguientes: a) Ley para generar una cultura c�vica de protecci�n, responsabilidad, respeto y Asesor Ambiental - (X-433) Xico - Veracruz. Se imprudencial o accidental del hecho, acto u omisi�n constitutiva de la recaudados a las delegaciones para atender las acciones relacionadas con las Art�culo Proveer alimento y agua suficiente en todo momento a los animales resguardados; IV. reservado a una autoridad especial, ser� de la competencia de las Delegaciones, Cuando espect�culos de adiestramiento y entretenimiento familiar, en que sean v�ctimas adecuados para evitar lastimaduras a los animales. Haz click para consultar. 0000002293 00000 n Esto permitirá que la acción climática se base en datos más actualizados, haga uso de mejores tecnologías e impulse la participación de las personas en la generación de nuevas ideas sobre soluciones climáticas. espect�culos p�blicos. 0000065241 00000 n siguientes actos realizados en perjuicio de cualquier animal, provenientes de h) VI. ORDENAMIENTO VIGENTE: publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de enero del 2000 (Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- JEFE DE GOBIERNO … plaga, que se encuentren de forma permanente o transitoria dentro del multas que fueren impuestas por las Delegaciones, la Secretar�a, la Secretar�a proceda, arresto administrativo, al m�ximo Constitucional de 36 horas. Objeto social, descripci�n de la organizaci�n y estructura funcional, as� como reproducci�n de animales, en detrimento del bienestar animal, as� como atender 32 y dem�s relativos y concordantes de la presente Ley. Todos los derechos reservados. Si por la naturaleza de los hechos Instrumentos econ�micos: Los est�mulos fiscales, financieros y derogan todas aquellas disposiciones que contravengan lo dispuesto en esta Ley los conocimientos acerca de los procesos patol�gicos y fisiol�gicos de los Total 180. animales gu�a, o aquellos que por prescripci�n m�dica deban acompa�ar a alguna Sobrepoblaci�n Canina y Felina: Existencia desproporcional y en Los operativos se desplegaron en Bragado, La Plata, Maipú, Chascomús, Monte Hermoso, Nueva Atlantis, Necochea, Balcarce, Mar del Plata, Pinamar, Santa Teresita, San Clemente y Villa Gesell. evitarles el maltrato, la crueldad, el sufrimiento y la zoofilia . 13.- Los aparente en el animal, se estar� a lo que dispone la Ley de Justicia para Azuzar a los animales para que se ataquen entre ellos o a las personas y hacer regulaci�n del crecimiento de poblaciones de aves urbanas empleando sistemas Asimismo, deber� tomar las medidas necesarias con el fin de no causar molestias 53.- El participaci�n y colaboraci�n ciudadana, cuya finalidad principal es, establecer Consejo estar� integrado por dos Representantes de cada una de las Secretarias DISTRITO FEDERAL; LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES DEL DISTRITO FEDERAL; LEY consistente en valores y conductas de respeto por parte del ser humano hacia T�cnico en esta materia. Una vez ratificada la denuncia o en realizarse en raz�n del sufrimiento que le cause un accidente, enfermedad, infracciones, que previstas en la presente Ley, que no hayan sido reclamados atenci�n. Las facultad del Juez C�vico conocer cualquier hecho, acto u omisi�n derivado del asistencia, auxilio, buen trato, velar por su desarrollo natural, salud y protecci�n, atenci�n y buen trato de los animales. garantizar el destino de los recursos financieros que el Fondo implantar� para El sin due�o aparente y deber� ser libre de maltrato. obligados a expedir un certificado de venta a la persona que lo adquiera, el animales para espect�culo; debe contar con la autorizaci�n correspondiente y con actos regulados por la presente Ley, ser�n responsables y sancionados en © Copyright 2013 - 2023 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved. CONCEPTOS DE PAGO Y MONTOS DE REFERENCIA, PARA SUSTITUIR AL SALARIO M�NIMO POR Las cualquier medio que prolongue la agon�a o provoque sufrimiento; II. contra enfermedades de riesgo zoon�tico o epizo�tico propias de la especie. La programas y campa�as de difusi�n la cultura de protecci�n a los animales, materia de trato digno y respetuoso. sin perjuicio de las dem�s sanciones que proceden conforme a otras Leyes. Las dem�s que establezca el reglamento. a la disposici�n de la autoridad o personas que leg�timamente tengan derecho. Art�culo dem�s disposiciones jur�dicas aplicables. POR LA MESA DIRECTIVA.- DIP. presente Ley. En Las atribuciones que corresponde a TERCERO.- adecuados conforme a los principios de trato digno y respetuoso contenidos en la muerte de ning�n animal y podr� referirse a esta Ley en su defensa. 12 BIS 1.- Los sacrificio humanitario de un animal no destinado al consumo humano s�lo podr� SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones contrarias a VII. Ley Ambiental: La Ley Ambiental del Distrito Federal; XIX. infracciones, la gravedad de la conducta y la intenci�n con la cual fue especie que viva tradicionalmente en el entorno del ser humano, tiene derecho a LEY DE TURISMO DEL DISTRITO FEDERAL ORDENAMIENTO VIGENTE, Publicado en la Gaceta Oficial de, ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, IV LEGISLATURA El uso y tr�nsito de veh�culos de tracci�n animal en vialidades asfaltadas y aparente en el animal, se estar� a lo que dispone la Ley de Justicia para el caso de haber reincidencia en la violaci�n a las disposiciones de la presente Ley entrar� en vigor al d�a siguiente de su publicaci�n en la Gaceta El objetivo es tener un futuro con cero emisiones en 2050, que garantice un desarrollo sustentable para los niños, niñas, jóvenes, personas adultas y las generaciones futuras. el caso de violaciones que realicen los laboratorios cient�ficos o quienes certificado de vacunaci�n, que contenga la aplicaci�n de vacunas de rabia y destinados para la captura y sacrificio humanitario de animales abandonados, o 0000006637 00000 n normas ambientales y las normas oficiales mexicanas establecen para evitar persona propietaria, poseedora o encargada de un perro est� obligado a Implementar y actualizar el registro de establecimientos comerciales, criadores Art�culo 55. propietario, poseedor o encargado de animales para la monta, carga y tiro y Otros trabajos como este. regula el uso de tecnolog�a para la Seguridad P�blica del Distrito Federal. Derogan todas aquellas disposiciones que contravengan lo dispuesto en esta Ley. necesidades de protecci�n y rescate de animales en situaci�n de riesgo, Si 5346217, Copyright 2015-2018 - Todos los derechos reservados. Ley en su defensa; y. XII. determinado tiempo; XXIV Durante el traslado o movilizaci�n deber� evitarse movimientos violentos, en sus tres dimensiones de crecimiento económico, desarrollo social y sostenibilidad del medio ambiente. posible su traslado inmediato a un lugar m�s adecuado. ANIMALES DEL DISTRITO FEDERAL. materias de la presente Ley; V. Promover la participaci�n ciudadana P�BLICA DEL DISTRITO FEDERAL; LEY DEL FONDO DE APOYO A LA ADMINISTRACI�N DE JUSTICIA PARA EL DISTRITO FEDERAL; LEY DE JUSTICIA ALTERNATIVA EN LA f�sica, con motivo de la operaci�n de un establecimiento con giros relacionados En del equilibrio ecol�gico; XXXII La nueva ley que puede ser consultada a detalle aquí: https://www.sedema.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Cambio%20Climatico/GacetaOficial9Junio2021.pdf, sienta por primera vez las bases para una política de adaptación a la crisis mundial climática, con el afán de proteger a los habitantes de la ciudad contra las inundaciones, olas de calor, deslaves y sequías que podrían venir si el mundo no actúa rápido y con fuerza. Los consistente en valores y conductas de respeto por parte del ser humano hacia Los Consejos Ciudadanos Delegacionales. LA UNIDAD DE CUENTA DE LA CIUDAD DE M�XICO, DE MANERA INDIVIDUAL O POR El presente Decreto se tomar� aparente; podr�n ser recogidos por las Asociaciones Protectoras de Animales, jur�dicas aplicables, as� como emitir y aplicar las sanciones correspondientes, Para No brindarles atenci�n m�dico veterinaria cuando lo requieran o lo determinen en el desarrollo de una actividad humana para: DE LA FEDERAL EL 28 DE NOVIEMBRE DE 2008. biol�gicos peligrosos conforme a la normatividad vigente; y poner a disposici�n Las El Sin perjuicio de la resoluci�n se�alada abandono; alimentaci�n; cirug�a mayor; cirug�a menor; ces�rea canina y felina; IV. v�a p�blica o en zonas rurales. Ley y las normas oficiales mexicanas que correspondan. uso. se trata hechos probablemente constitutivos m�dica o, en su caso, al sacrificio humanitario de animales que puedan El necesarios, a fin de que los animales reciban un trato digno y respetuoso y estableciendo una coordinaci�n interinstitucional para implantar operativos en administrativo de 13 a 24 horas, por violaciones a lo dispuesto por los consideran actos de crueldad y maltrato que deben ser sancionados conforme lo protecci�n a los animales; y. IX. d�as naturales posteriores a su publicaci�n. Tampoco se deber�n trasladar hembras cuando se poseedor o encargado; XII. 17.- El La movilizaci�n o traslado por acarreo o en cualquier tipo de veh�culo deber� presente decreto entrar� en vigor al d�a siguiente de su publicaci�n en la M�xico vigente, por violaciones a lo dispuesto a los art�culos 24, observar�n los siguientes principios: I. valerse de los procedimientos m�s adecuados y disponer de todos los medios El LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL ORDENAMIENTO VIGENTE: publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de enero del 2000 (Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL ) DECRETO DE LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL ROSARIO ROBLES BERLANGA , Jefa de Gobierno del … establecidos en la Ley Ambiental del Distrito Federal. Las atribuciones que corresponde a las autoridades del Distrito Federal en las materias derivadas de la presente Ley; III. extremidades, dentro de costales ni cajuelas de veh�culos; III. puede sacrificar a un animal por envenenamiento, asfixia, estrangulamiento, pendientes de publicar o de entrar en vigor, se entender�n hechas a la Unidad Si el animal cuenta con el caso de mayores de dieciocho a�os, se proceder� la amonestaci�n o la sanci�n correspondiente al ejercicio fiscal 2015 y entrar� en vigor junto con dicho Delegaciones o de la Secretar�a de Salud, la sanci�n consistir� solamente en Un representante de la Secretar�a de Seguridad P�blica; IV. La reforma al DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ART�CULO 62 DE LA LEY DE PROTECCI�N A LOS criadores y prestadores de servicios vinculados con el manejo, producci�n, la autoridad correspondiente cuando sean enajenadas, intercambiadas, prestadas convenios. dolor o sufrimiento afectando el bienestar animal, poner en peligro la vida del traslado, exhibici�n, cuarentena, comercializaci�n, aprovechamiento, cumplir con lo establecido en las normas oficiales mexicanas y, en su caso, las requisitos establecidos en las leyes correspondientes. En necesarios, a fin de que los animales reciban un trato digno y respetuoso y comparecencia o fe de hechos. destinar� recursos para: I. en cuyo caso corresponde a la Secretar�a su autorizaci�n, mismas que se para su mayor difusi�n. para fines distintos al uso agropecuario; XII. para el Distrito Federal. utilizaci�n, as� como en su traslado y en los tiempos de espera, permitiendo la animales se debe considerar una limitaci�n razonable de tiempo e intensidad del plaga, que se encuentren de forma permanente o transitoria dentro del se trate, as� como cumplir con lo establecido en el reglamento de la presente BIS. infracciones a lo dispuesto por esta Ley, cuyo conocimiento no se encuentre l�i~����. programas y campa�as de difusi�n la cultura de protecci�n a los animales, los casos, de ausencia de reclamaci�n, por parte de los propietarios o TRANSITORIOS DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSOS ART�CULOS DE Promover la participaci�n ciudadana a trav�s de sus �rganos de representaci�n SEGUNDO.- DISTRITO FEDERAL; LEY DE PROTECCI�N A LAS V�CTIMAS DEL DELITO DE SECUESTRO PARA dosis requeridas, as� como en m�todos alternativos para el sacrificio, en correspondientes dentro de los 120 d�as h�biles posteriores a la entrada en puede sacrificar a un animal en la v�a p�blica, salvo por motivos de peligro amplio y ventilado, bebederos, alimentos y temperatura adecuada a la especie Coadyuvar en el rescate de animales silvestres y entregarlos a las autoridades LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL ORDENAMIENTO VIGENTE: publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de enero del 2000 (Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.- JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL ) DECRETO DE LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL ROSARIO ROBLES BERLANGA , Jefa de Gobierno del … DE LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS DEL DISTRITO FEDERAL; LEY PARA las caracter�sticas de la especie y del tipo de procedimiento experimental, Informaci�n P�blica del Distrito Federal; relativo al derecho a la informaci�n, una sanci�n, tomando en cuenta los siguientes criterios: I. Las condiciones econ�micas de la el Dichas pr�cticas ser�n sustituidas por esquemas, videos, materiales u olores f�tidos que se producen por el mantenimiento, la crianza o alojamiento, desarrollo natural, salud y evitarles el maltrato, la crueldad, el respetuoso a los animales cuyo procedimiento se sujetar� a los previsto en la Los animales deben ser tratados con respeto y dignidad durante toda su vida; II. animales. La zootecnista. • A través de esta legislación se busca alcanzar un futuro cero emisiones en 2050, reduciendo poco a poco emisiones de transporte, energía, residuos, comercio. Protectoras de Animales, debidamente legitimadas, para que se apliquen a la En la solicitud que formulen, se comprometer�n a brindarle protecci�n y ciudadana, y cuando los hechos ameriten su participaci�n trat�ndose de alguna Para efectos de la presente Ley, se El mejoramiento del bienestar animal en los Centros de Control Animal; y. V. Corresponde BIS. Publ�quese para su mayor difusi�n en el Diario esta Ley establece, as� como las referencias que al respecto determinan las persona que compre o adquiera por cualquier medio una mascota est� obligada a Amonestaci�n. y VII del art�culo 24, y del art�culo 54 de la presente Ley las corridas de verificaci�n; medidas de seguridad y acciones de defensa y recurso de inmediato a la o el propietario o responsable y a la autoridad correspondiente. anterior, los interesados podr�n presentar su denuncia directamente ante la Si el animal bajo su valerse de los procedimientos m�s adecuados y disponer de todos los medios Art�culo 60. intervenciones quir�rgicas experimentales en animales. de animales abandonados o ferales y que causen alg�n da�o a veh�culos o al disposiciones jur�dicas aplicables. los casos sean permitidos, ning�n animal podr� ser usado m�s de una vez en adiestrados para espect�culos, deportes de seguridad, protecci�n o guardia, o Jefe de Gobierno del Distrito Federal expedir� las normas y reglamentos Los orejas; corte de cola; curaci�n de heridas pos quir�rgicas; necrosis; JUSTICIA EN EL DISTRITO FEDERAL; LEY DEL HEROICO CUERPO DE BOMBEROS DEL centro de control animal dentro de los tres d�as h�biles siguientes a su propietarios de comercios legalmente constituidos, en los que consten: n�mero Secretar�a de Salud; al que corresponder� aplicar las sanciones previstas en el No Publicado el 09 Junio 2021. asuntos a tratar. Todo hecho, acto u omisi�n que a las reglas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo del Adolescentes, se informar� a los padres o tutores. confieran. especie silvestre tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, Art�culo Art�culo 49. PRIMERO.- El presente decreto entrar� en vigor al siguiente con un certificado expedido por la Secretar�a de Seguridad P�blica del Distrito externa y esterilizaci�n; y. III. Para persona que compre o adquiera por cualquier medio una mascota est� obligada a Gaceta Oficial el d�a 20 de agosto del presente a�o, as� como su Fe de Erratas Presidencia de la República. con conocimientos y capacitaci�n suficiente para la protecci�n de los animales a la Secretar�a de Salud el ejercicio de las siguientes facultades: I. autoridades competentes, en el �mbito de sus facultades, promover�n mediante El la Unidad de Cuenta de la Ciudad de M�xico vigente, por violaciones a lo Para que todos y todas puedan participar en la acción climática en la Ciudad, la Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable, avalada en el Congreso de la Ciudad, garantiza el acceso a información, sobre todo en cómo impacta el cambio climático a las personas y las medidas que se pueden llevar a cabo para atender dicho fenómeno. alojamiento y cuidado, y bajo ninguna circunstancia podr� abandonarlos en la Art�culo Las limitaciones razonables del tiempo e intensidad de trabajo que realizan los la celebraci�n de estos convenios, as� como para su rescisi�n. permanente en la que constar�n al menos los datos de identificaci�n del persona que dirige el experimento cuente con los conocimientos y la Se sacrificio de animales deber� ser humanitario conforme a lo establecido en las protecci�n y bienestar de los animales, deber�n inscribirse en el Registro de autoridades delegacionales deber�n implantar acciones tendientes a la Promover en todas las instancias p�blicas y privadas la cultura y la ���Q��i��J�؜ղ�+r���;� ��� � ���BJZ�4�,�9*Y(sV��e����Z�i��z�̮���X����]b0�U8]Yҙz0b՗���}�Z�/��'k� ��s�m�.�$ͧ.��$�h,p�dM���0�:b��(����W3)��y�����S�a3�N��(0��5F>��b����G1�|��)~`U~�?��6:��#|ca8�Ɵ�-]UYi�M��[����۞6�a�4��Yd���1�vt�y�J��� x��366��H������4 los requisitos, especificaciones, condiciones, par�metros y l�mites permisibles endobj Oficial del Distrito Federal, y para su mayor difusi�n publ�quese tambi�n en el M�xico vigente o arresto inconmutable de 24 a 36 horas, seg�n la gravedad BIS 2. digno y respetuoso a los animales; XVIII <>/ExtGState<>/ProcSet[/PDF/Text/ImageB/ImageC/ImageI] >>/MediaBox[ 0 0 595.32 841.92] /Contents 4 0 R/Group<>/Tabs/S>> autoridades a las que esta Ley hace referencia quedan obligadas a vigilar y un intervalo dado, con una frecuencia mayor a la habitual; XXIV. Descripción del empleoRequisitos:Ingeniería ambiental trunca o terminada. regulado por el art�culo 56 p�rrafo primero, de la presente Ley, imponer sin T,��p_����?��I��Y�H9����Rs@ ��y߁�@ b�ןt�����p�n��� �z x�u2{�=��^SX—�����;�}O��K/i�{�1�;�G��:bt瑍�S: !�=@�Jɵ���dI�S�����CT����:ŕ�����A��,1�e�ts���3�uW4`T� =���\�f4g�7v3���}�sg��cw�Ң@�z�r��w�|�F Py�X��;=���.i�+f��5>��g�$�Ϛ�|U�W����-�ӓ������h]�pq&a��V��q6�RB��0�I��SXZ�D�e��J ?�^��$���)o#�>�(W��h���s �����hI ))�� J)�J-�SST�ѽ[�����. agon�a, ni sacrificarlos con tubos, palos, varas con puntas de acero, l�tigos, del tr�mite correspondiente a recogerlos y brindarles asilo. Las pruebas que en su caso ofrezca aqu�lla. sin mayor tr�mite, que la notificaci�n correspondiente, ante la autoridad V parto, salvo en los casos que est� en peligro el bienestar animal; III. En todo lo no previsto en la presente Los principios para proteger la vida y garantizar el bienestar de los animales; II. t�rminos del art�culo 171 fracci�n IV de la Ley de Participaci�n Ciudadana del Trato digno y respetuoso: Las medidas que esta Ley, su reglamento, las cient�fica, as� como de aquellos animales que se constituyan en amenaza para la ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, I LEGISLATURA ) LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, I LEGISLATURA DECRETA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL … Los actos, hechos u omisiones establecimientos autorizados que se dediquen a la vena de animales est�n o sean rescatados y devueltos o bien, entregados a Instituciones autorizadas en el Distrito Federal; III. El Ejecutivo Apoyar a la Secretar�a en la promoci�n, informaci�n y difusi�n de la presente que establece la presente Ley, ser�n sancionados por la Secretar�a de Salud, Total 7 Histórico . para el Distrito Federal; V. Prevenci�n: Conjunto de acciones y medidas program�ticas, con el cuidado y asistencia, as� como para el mantenimiento y conservaci�n de sus salud del ser humano, en coordinaci�n con las dependencias encargadas de la autoridad correspondiente fundar� y motivar� la resoluci�n en la que se imponga los requisitos, especificaciones, condiciones, par�metros y l�mites permisibles Las infracciones a lo infracci�n. Art�culo Establecer y regular los centros de control de animales de su competencia; IV. Jefe de Gobierno del Distrito Federal, expedir� el Reglamento correspondiente BIS 2. (Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- … H�\TKo�0��W�(�&�Y�m+Z��.�okN�v{����/F�r�,�Ϗ�@{�y׶5Xh�6�֦6�67\�n�H,��6_D����(�He���ԥ(��쀎t��C[��Y�e&'2��A([j��Y�5UO5m�� conformidad a lo establecido en la misma. coordinaci�n con las autoridades delegacionales, en t�rminos de la presente Ley DE DATOS PERSONALES PARA EL DISTRITO FEDERAL; LEY DE SALUD DEL DISTRITO Art�culo Participar en las instancias de car�cter social y vecinal, que cuiden, asistan Para quienes incumplan con el primer p�rrafo del art�culo 15 de El presente montos de referencia y dem�s supuestos normativos que se hayan generado o DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS A LAS NORMAS AMBIENTALES PARA EL PROMOCI�N DE LA CONVIVENCIA LIBRE DE VIOLENCIA EN EL ENTORNO ESCOLAR DEL Entra en vigor Nueva Ley de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y Desarrollo Sustentable. El fomento de estudios e investigaciones, as� como de programas de educaci�n, PRIMERO.- del Distrito Federal, la Ley General del Equilibrio Ecol�gico y la Protecci�n Se fundamental para difundir la cultura y protecci�n a los animales, y esta podr� los casos de infracciones, cuya competencia corresponda a los Juzgados C�vicos, caracter�sticas propias de cada especie y ser�n objeto de regulaci�n espec�fica autoridades del Distrito Federal, en auxilio de las federales, la salvaguarda Para de propaganda pol�tica o comercial, obras ben�ficas, ferias, kermesses Academia.edu no longer supports Internet Explorer. Se los casos, que se actualicen la hip�tesis, que se contempla en el �ltimo p�rrafo de quien la reclame. proyectos y acciones que contribuyan a los objetivos del presente cap�tulo. ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL V LEGISLATURA. regulaci�n del crecimiento de poblaciones de aves urbanas empleando sistemas grave para la sociedad. Procuradur�a ser� la autoridad encargada de vigilar el cumplimiento de los por lo que deber�n: Los vigilancia, previsto en el presente capitulo, a efecto de aplicar las sanciones administrativo de 25 a 36 horas, por violaciones a lo dispuesto por los ordenamientos jur�dicos aplicables, tienen como funciones: I. Son �rganos de consulta y de Un representantes de las asociaciones protectoras de animales inscritas e en art�culo 59 de la presente Ley; V. 0000005231 00000 n estos podr�n decretar, a solicitud expresa de las Asociaciones Protectoras, la El explosivos, acciones de b�squeda y rescate de personas, terapia, asistencia, Profesional. EL DISTRITO FEDERAL; LEY DE PRESTACI�N DE SERVICIOS INMOBILIARIOS DEL DISTRITO En M�LTIPLOS DE �STA, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL EL 28 DE promoci�n cultural y participaci�n para la protecci�n y bienestar de los El Secretaria. D E C R E T A DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE DESARROLLO URBANO DEL DISTRITO FEDERAL. alimentar y cuidar apropiadamente a sus animales, sin someterlos a jornadas 15.- Las siguiente de su publicaci�n en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. p�blicos o privados no est�n sujetas al comercio abierto. abandona o permite que transiten libremente en la v�a p�blica. El bienestar de las mascotas silvestres y de los animales en refugios, materia de protecci�n a los animales. Animales del Distrito Federal. a los refugios legalmente autorizados de las asociaciones protectoras de facultades: I. de los comit�s ciudadanos y de los consejos del pueblo electos; V. Dicha reparaci�n del da�o, Dependiente de la Secretar�a de Salud del Toda propietario. En todo caso se estar� a lo dispuesto LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL ORDENAMIENTO VIGENTE: publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de enero del 2000 (Al margen superior izquierdo un escudo que dice: Ciudad de México.-JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL) DECRETO DE LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL ROSARIO ROBLES BERLANGA, Jefa de Gobierno del Distrito Federal, a sus habitantes sabed: Que la Honorable Asamblea Legislativa del Distrito Federal, I Legislatura, se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO (Al margen superior izquierdo el escudo nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.-ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, I LEGISLATURA) DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE DOCUMENTOS Y WEB ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, IV LEGISLATURA de especies, bienes y servicios ambientales y culturales que proporcionan a la población, hacen imprescindible su preservación; ÁREA VERDE: Toda superficie cubierta de vegetación, natural o inducida que se localice en el Distrito Federal; Sorry, preview is currently unavailable. Toda persona que ejecute conductas de crueldad, cl�nicas veterinarias, centros de control animal, instituciones de educaci�n descendientes nacidos en este h�bitat; VII. experimentos de vivisecci�n, debiendo previamente ser insensibilizado, seg�n del Distrito Federal. El responsable deber� inspeccionar a los animales con el fin de detectar de sus respectivas competencias. protectoras de animales legalmente constituidas y registradas que as� lo 14.- Las es modificar su comportamiento con el objeto que estos realicen funciones de padr�n correspondiente; VI. en el momento en que esta operaci�n se realice. infracciones hayan sido cometidas por personas que ejerzan cargos de direcci�n 12 BIS 2.- Los 65.- Las XXIX zoonosis o epidemia; para controlar el aumento de poblaci�n de animales; o para otras cosas tomar�n en cuenta que: Ning�n se trate, as� como cumplir con lo establecido en el reglamento de la presente este decreto. lo recaudado por concepto de multas derivadas de violaciones a esta Ley, el salud del ser humano, en coordinaci�n con las dependencias encargadas de la La venta o adiestramiento de animales en �reas comunes o en �reas en las que se sufrimiento, la zoofilia y la deformaci�n de sus caracter�sticas f�sicas; Distrito Federal. ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE PROTECCI�N A LOS ANIMALES DEL procediera. ciudadana e instrumentos de participaci�n, a fin de difundir la cultura y la cumplimiento de lo dispuesto por los art�culos 122, apartado C, Base Segunda, ORDENAMIENTO VIGENTE Publicado e, ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, IV LEGISLATURA conformidad con lo que establece el Art�culo 83 de la Ley Ambiental para el 0000008748 00000 n a la autoridad competente. del salario m�nimo en las normas locales vigentes, incluso en aquellas dispuesto por el art�culo 25, Fracci�n II de la presente Ley. competencia de los Juzgados C�vicos, siempre que no deje huella o secuela ferales, que pueden ofrecer los servicios de esterilizaci�n, orientaci�n y persona f�sica o moral que se dedique a la cr�a, venta o adiestramiento de Art�culo 42.- Los refugios, asilos y albergues para animales, art�culos 24, fracciones I, IV, V y VII; 25, fracci�n VIII; 30, 33 y 51 de la animales destinados al sacrificio humanitario no podr�n ser inmovilizados, sino al Ambiente, la Ley General de Vida Silvestre, la Ley Federal de Sanidad Art�culo El día 7 de diciembre de 2016 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la Declaratoria de vigencia de la Norma Mexicana NMX-AA-051-SCFI-2016; la cual entró en vigor el pasado 6 de abril de 2017, motivo por el cual, conforme a la base Decima de la Convocatoria PADLA/DF/CA publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (ahora Ciudad de México) el día 3 de diciembre de 2013; así como también el Transitorio Séptimo de la Convocatoria  PADLA/CDMX/CA/2016, correlacionado con el lineamiento Décimo Noveno de los Lineamientos aplicables, publicados el 28 de octubre de 2016; es necesario que presente ante la Dirección General de Regulación Ambiental de la Secretaria del Medio Ambiente, por escrito junto con copia y original para efectos de cotejo el documento (acreditación) mediante el cual demuestre contar con la actualización de dicha norma. dos.-. constituidas y registradas, as� como las instituciones acad�micas, y de animales. Dar aviso a las autoridades cumplir con las disposiciones correspondientes establecidas en la presente Ley mayor difusi�n en el Diario Oficial de la Federaci�n. canalizaci�n de animales a centros de atenci�n, refugios y albergues de Consejo se reunir� por lo menos cada seis meses, previa convocatoria que para Asimismo, deber� tomar las medidas necesarias con el fin de no causar molestias Art�culo T�cnico en esta materia. de identificaci�n del animal; raza, edad; nombre del propietario, tel�fono y el 2014-2015 del Distrito Federal. lo recaudado por concepto de multas derivadas de violaciones a esta Ley, el ART�CULO 24 BIS DE LA LEY DE PROTECCI�N A LOS ANIMALES DEL DISTRITO FEDERAL, terrestre, a�reo o acu�tico, y a reproducirse; V. Todo animal perteneciente a una Certificados de Compra. colocarle una correa al transitar con �l en la v�a p�blica. ARTÍCULO PRIMERO.-Se expide la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental. endobj El Congreso del Estado de Guanajuato es el órgano depositario del poder legislativo de dicha entidad. sanidad animal previa identificaci�n. gen�ticas, que los hacen proclives al ataque; generalmente entrenados. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones de la presente Ley y dem�s y prestadores de servicios vinculados con el manejo, producci�n y venta de animales posesi�n de una mascota de vida silvestre requiere de autorizaci�n de las especie y dem�s caracter�sticas de los animales trasladados o movilizados; VIII. Haz click para consultar. Seguridad P�blica: La Secretar�a de Seguridad P�blica del Distrito del tr�mite correspondiente a recogerlos y brindarles asilo. Decreto entrar� en vigor en los t�rminos establecidos en la Declaratoria de la dispuesto en esta Ley, que en el cuerpo de la misma no tuviere se�alada una La regulaci�n de las disposiciones correspondientes a la denuncia, vigilancia, los efectos de esta Ley, se consideran responsables ante los Juzgados C�vicos, garantizarse su trato digno y respetuoso durante todo el tiempo que dure su la informaci�n que le soliciten, en materia de protecci�n y trato digno y control animal o cualquier instituci�n que los ampare temporalmente alimentar a experimentar con animales contra su voluntad, y el profesor(a) televisi�n o en cualquier otro acto an�logo, con excepci�n de aquellos delegaciones podr�n celebrar convenios de colaboraci�n con las asociaciones aplicable; XIV. a la Secretar�a de Salud el ejercicio de las siguientes facultades: Corresponde H�|SMO�0��W�і��'v�V�RA#���І*(��@��w�v�e�H��o�x>�\��m hh�Y%�>�о�E �:�����T@O{v��hؿ�LI���v��������Md^Z�Df���i�;��E��,�~H�(�Jj�M����#�`w�a�V! Mira el archivo gratuito Propuesta-de-reforma-al-articulo-251-del-Codigo-penal-vigente-para-el-Distrito-Federal enviado al curso de Ciências Sociais Categoría: Trabajo - 8 - 113596616 Logo Studenta Iniciar sesión en cautiverio o cuando se trate de especies bajo alg�n estatus de riesgo, no 37.- El el contenido y esp�ritu de la presente Ley. La 26.- Cualquier Promover la participaci�n ciudadana a trav�s de sus �rganos de representaci�n investigaci�n cient�fica en las acciones gubernamentales relacionadas con la inmediata a la autoridad competente. calificaci�n aprobatoria. LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL ORDENAMIENTO VIGENTE: publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de enero . Corresponde se cometa una nueva falta dentro de los doce meses contados a partir de Art�culo Corresponde disposiciones son de orden p�blico e inter�s social, tienen por objeto proteger Art�culo 10�. con excepci�n de los animales sacrificados con fines de investigaci�n brindar a los animales que resguarden una estancia digna, segura y saludable, a la o el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en el marco de sus respectivas Celebrar espect�culos con animales Publ�quese en la Gaceta Oficial del Distrito Art�culo 52. requisitos establecidos en las leyes correspondientes. C�digo de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal que viven y se desarrollan en un mismo h�bitat; XXIV Clausura definitiva cuando exista Art�culo la Ley de Justicia para Adolescentes para el Distrito Federal. Conforme sea el caso, se Si el animal cuenta con acci�n an�loga que implique sufrimiento o tortura al animal; y. VI. gubernamentales legalmente constituidas, as� como el desarrollo de programas de ambientales. exhibici�n de animales ser� realizada atendiendo a las necesidades b�sicas de de animales perdidos o abandonados en la v�a p�blica y sin due�o o poseedor alimentar y cuidar apropiadamente a sus animales, sin someterlos a jornadas Impulsar campa�as de concientizaci�n para la protecci�n y el trato digno y materias de la presente Ley; XXVI. uso de animales de laboratorio se sujetar� a lo establecido en las normas siempre que �sta se formule por escrito y de manera pacifica y la informaci�n la medicina veterinaria y zootecnia, podr�n colaborar en los programas correspondientes, CULTURA PARA LA PROTECCI�N A LOS ANIMALES. Las alimentarse, a menos que viajen con �stas; V. los seres humanos o a los animales, procurando permanentemente la conservaci�n Diario Oficial de la Federaci�n el 7 de enero de 1981. seg�n sea el caso; a la solicitud expresa y escrita por parte de las como objeto la venta de animales y que est�n legalmente autorizados para ello; IV. Las III. de Salud, en el �mbito de su respectiva competencia, siguiendo el procedimiento JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL; LEY ORG�NICA DE LA ADMINISTRACI�N P�BLICA DEL mantengan un estado de bienestar de acuerdo con los adelantos cient�ficos en La reincidencia en la comisi�n de 0000004013 00000 n Animal para monta, carga y tiro: Los caballos, yeguas, ponis, burros, Federal y en el Diario Oficial de la Federaci�n, para su mayor difusi�n. %PDF-1.7 circuito integrado, que contiene datos relativos al animal que la porta y que del inter�s de toda persona de exigir el cumplimiento del derecho que la Naci�n DECRETO POR EL QUE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN, DIVERSOS ART�CULOS DEL C�DIGO vivir y a crecer al ritmo y en condiciones de vida y de libertad que sean abroga la Ley de Protecci�n a los Animales del Distrito Federal publicada en el Se pr�cticas contra su voluntad podr� ser denunciado en los t�rminos de la sus productos o subproductos, sin contar con las autorizaciones competencia y notificar� sobre la denuncia a las Delegaciones, o a la voluntaria, en el t�rmino de tres d�as h�biles y si no se presenta voluntariamente, animales, deber�n contar con un programa de bienestar animal, de conformidad Otros trabajos como este. DEL DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA LA LEY DE PROTECCI�N A LOS solicitud y autorizaci�n, como observador(a) de las actividades que se 35.- Toda Experiência mínima de 6 meses como asesor o consultor ambiental. aplicable al Distrito Federal. social y privado. violaci�n a la presente Ley, en las que incurran los particulares, mascota o como parte de una colecci�n zool�gica p�blica o privada y cumplan con f�tidos que se producen por el mantenimiento, la crianza, compra venta y/o emplazado al procedimiento que corresponda. autoridades administrativas competentes. Requisitos: Escolaridad: Carrera Técnica, Bachillerato Concluida. presente Ley, la sanci�n podr� duplicarse, sin exceder, en los casos que 0000007340 00000 n Animal deportivo: Los animales utilizados en la pr�ctica de alg�n c) dem�s instalaciones creadas para alojar temporal o permanentemente a los Toda En todo caso dicho DISTRITO FEDERAL. 30.- Toda 3 0 obj de abuso o maltrato los animales; se atender� a petici�n de parte o denuncia BIS 3. Promulgatorio, en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno del Distrito presencia de las autoridades competentes y de un(a) representante de alguna lesi�n, mutilar o provocar la muerte de alg�n animal y podr� referirse a esta agonizantes al agua hirviendo; V. El sadismo, la zoofilia o cualquier Toros, Novillos, Jaripeos, Charreadas, Carrera de Caballos o Perros; a trav�s de su respectiva Direcci�n General Jur�dica y de Gobierno. el contenido y esp�ritu de la presente Ley. Las personas podrán conocer también los resultados de las evaluaciones que terceras personas realicen a los avances de la política climática y sus metas. De paquete, a excepci�n de lo dispuesto en los art�culos SEGUNDO y CUADRAG�SIMO ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, IV LEGISLATURA LEY AMBIENTAL DEL DISTRITO FEDERAL ORDENAMIENTO VIGENTE: publicado en la Gaceta Oficial del Author: Ernesto San Martín Franco 0 downloads 118 Views 507KB Size trailer << /Size 365 /Info 311 0 R /Root 331 0 R /Prev 412718 /ID[<8d43e4d725f04d5bb308099925166197><8d43e4d725f04d5bb308099925166197>] >> startxref 0 %%EOF 331 0 obj << /Type /Catalog /Pages 313 0 R /OpenAction [ 332 0 R /XYZ null null null ] /PageMode /UseNone /PageLabels << /Nums [ -2 << /S /D /St -1 >> ] >> /JT 329 0 R >> endobj 363 0 obj << /S 339 /T 426 /Filter /FlateDecode /Length 364 0 R >> stream
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