A este efecto, el copropietario not ificará a los demás, por medio de notario o judicialmente, la venta que tuviere convenida, para que dentro de los ocho días siguientes hagan uso del derecho del tanto. ISSN 1794-2918 COMO CITAR ESTE ARTÍCULO: EL PRINCIPIO DE NO Mendoza-Alonzo, P. y Parra-Sepúlveda, D. El principio de no presunción de la solidaridad de PRESUNCIÓN deudores: del Code Napoleón a los principios del soft law. Los depósitos por causa de comercio; XVIII. Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio de las acciones entre mandante y mandatario. A rtículo 2364.—Cuando los bienes no puedan ser restituidos en especie, el valor exigióle será el que tenían aquéllos al tiempo de la donación. 169-174, Pág. Asimismo, debe notificarse que hay que exhibir el precio en la fecha señalada, así como el pago de los gastos y honorarios de la escritura si así 201 EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO se convino. Expresaban estos nombres las ideas o categorías de posibilidad de que la transmisión y, consiguientemente, la adquisición de propiedad se efec­ tuase, se le llamó título, y como la tradición realizaba en concreto, efectuaba la transmisión y, consiguientemente, la adquisición de la propiedad se le llamó modo." Expresará el nombre y apellidos paterno y materno, nacionalidad, fecha y lugar de nacimiento, es­ tado civil, ocupación y domicilio de los otorgantes, y de sus representados, en su caso. Pero no procede dicha regla, si en la escritura se determinan los linderos y se señalan sus dimensiones, porque entonces tiene que resultar una EL CONTRATO DE COMPRAVENTA 135 determinada superficie, que es la que se supone que pre­ tende adquirir el comprador, lo que implica la existencia de una operac ión ad mensuram, pues su intención fue comprar a base de unidad de medida, es decir, una de­ terminada extensión de terreno por un precio total de­ terminado. Otros piensan que el apoderado sólo tiene las faculta­ des establecidas en la categoría de poder, y así el apode­ rado para actos de dominio no puede realizar actos de administración ni defenderlos judicialmente. Antigua Librería Robredo, México, 1966. 1960. p. 309. Este sistema es el que rige en el Código Suizo de las Obligaciones y en el artículo 80 del Có­ digo de Comercio. Al respecto el Código Civil establece: Artículo 2288.—El vendedor debe entregar la cosa vendida en eí estado en que se hallaba al perfeccionarse el con­ trato. 23. Así lo trata Roa Bárcenas 2 al decir: 1 P e l i t , E u g é n e , Tratado elemental de Derecho romano. 42. Tipos de contratos y clasificación. . En el último período de la evolución del derecho romano, la constituto posesorio se conoció como una nueva forma de la transmisión de la propiedad. En este caso, sobre dichos antecedentes y dicha acredita ción, la carga de la prueba; corresponde a quien objeta la validez de los actos contenidos en el documento; X. El consentimiento, como en todos los contratos, es el acuerdo de voluntades sobre la creación de obligaciones. II, VIII)”. En atención a que en ios coniraios uc aiicnuciiincruo, c» íum damenta! LICITUD EN EL OBJETO, MOTIVO O FIN DEL ACTO JURIDICO Los actos jurídicos que se realicen en ejercicio del manj,,0 deben ser lícitos. 3- Pagar el 50% de los honorarios y los derechos de re­ gistro de la escritura. d) Cubrir al mandatario sus honorarios cuando expre­ s a m e n t e no se haya estipulado que es gratuito, puesto que e l mandato es por naturaleza oneroso ( A r t . 2. La fórmu­ la m e j o r es é s t a : e l m a n d a t a r i o g e n e r a l p u e d e e j e c u t a r EL CONTRATO DE MANDATO 251 todos los actos, aun de disposición, que tienen por objeto la administración” (t. XXIV, núm. Los contratos de compra de cosa futura y de esperanza, pueden distinguirse en que el primero es conmutativo y el EL CONTRATO DE COMPRAVENTA 137 segundo aleatorio, pues en el caso de la compra de espe­ ranza no se sabe si se va a tener el carácter de ganan­ cioso o perdidoso y por otra parte el comprador toma a su riesgo que la cosa futura no exista. Ahora bien, si un contrato de arrendamiento se prorroga en virtud de la tácita reconducción, cesan las obligaciones otorgadas por un tercero salvo convenio en contrario (Art. * " Manlilta Molina. Conmutativo: cuando una de las partes se obliga a hacer algo equivalente a lo que la otra parte va a hacer. T l r . 2" En los contratos bilaterales se puede alegar la ex­ cepción de contrato no cumplido non adimpleti contractus, o sea "Mientras que uno de los contratantes no cum­ pla . 2500) ni transmitirlos por herencia. En ambos casos para nulificar el contrato son necesarias dos características: que recaiga sobre el motivo determinante de la voluntad, y que éste se haya expresado claramente en el contrato o se desprenda de su interpretación (en la doctrina francesa, causa impulsiva). Compraventa forzosa 1. I . b) Es gratuito y por lo tanto el comodante, sin recibir ninguna contraprestación económica, transmite libremente el uso temporal de una cosa. BERNARDO PÉREZ FERNÁNDEZ DEL CASTILLO 46 Así por ejemplo, en la acción proforma el actor no pue­ de pedir al juez que le eleve a escritura pública un con­ trato de compraventa, si al inicio del procedimiento no demuestra que ha pagado o consignado el precio. 2552). Como lo señalé, esta s penas convencionales son nulas de acuerdo con el artíc ulo comentado. Casa habitación. Mayoría 4 votos___________ Volumen CXXII], pág. 1830). El conciliador preparará y propondrá a las partes, alter­ nativas de solución al litigio. Desde el punto de vista exegético, el autor tiene razón. De Orozco.—5 Votos. Vol. La ley no exige ninguna for­ malidad si se trata de bienes muebles. EL CONTRATO DE MANDATO 267 En esta figura jurídica existen prohibiciones expresas e se reflejan normalmente cuando hay oposición de in­ tereses entre el representante y el representado, pues tiene ¡a presunción legal de que el representante actuará en per­ juicio del representado. El contrato definitivo, crea o transmite obligaciones de dar, hacer o no hacer. Causas de terminación del contrato 1- Por el vencimiento del plazo fijado. Para Bonnecase, el patrimonio de Derecho común es un patrimonio cuyo elemento-capital es esencialmente estable, es decir, está destinado a permanecer indefinidamente en poder de su titular, y el acto de administración, sin com­ prometer dicho elemento, tiene por fin hacer fructificar ese capital, o sea a un conjunto de bienes o a un bien determinado y aun utilizar las rentas enajenándolas. 82. Como lo señalé, en la compraventa se estila que el comprador absorbe todos los gastos, im­ puestos, derechos y honorarios, a excepción hecha del 126 BERNARDO PÉREZ FERNÁNDEZ DEL CASTILLO pago dei Impuesto Sobre la Renta, que es por cuenta del enajenante. El precio debe ser pagado: a) En forma anticipada, b) Al contado, c) A crédito, llamado también al fiado, plazo, o en abonos. Situación que hace que el contrato reúna los requisitos de una ver­ dadera compraventa, misma a la que en todo caso y tra­ tándose de inmuebles, faltaría darle la forma exigida por ^ ií-ú.iüLiioii ¿iii¿ uu ten ioy. Herramientas legales para asegurar los derechos de propiedad o tenencia de la tierra al ejecutar proyectos de Pago por Servicios Ambientales, SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Ministro Guillermo I. Ortiz Mayagoitia Presidente Primera Sala Ministro José Ramón Cossío Díaz Presidente Ministro José de Jesús Gudiflo Pelayo Ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas, Libro de Derecho Administrativo TEMARIO Nº 03 LIBRO DE DERECHO ADMINISTRATIVO OCTUBRE 2008 CONTENIDO, Catecismo de las Obligaciones. La solicitud de modificación no confiere, por sí misma, al solicitante el derecho de suspender e l cumplimiento del contrato. EL CONTRATO DE DONACIÓN 1G7 La gratitud del donatario debe considerarse como una actitud inherente a todo aquel que reciba una donación. Estos contratos, parecidos a la transacción, se caracterizan porque en su confección y aprobación intervienen autorida­ des administrativas o judiciales, los cuales normalmente tienen pleno valor probatorio y la fuerza ejecutiva de una sentencia ejecutoriada. Esta obligación establecida en la fracción I del artículo 2283, se satisface cuando se da posesión al comprador de la cosa adquirida. En este caso habría que considerar si se trata de un contrato de prenda o de depósito. 4 S En materia registral la protección se le otorga a la persona que adquirió a título oneroso y no a título gratui­ to. A.D. 3726/58.—Ernesto Campos Luna. Cuando se quisieren limitar, en los tres casos antes mencionados, las facultades de los apoderados, se consig­ narán las limitaciones, o los poderes serán especiales. Cuando alguno de los arrendatarios pruebe que no pudo iniciar en la parte que ocupa, queda libre de cualquier EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO 205 responsabilidad (2438). Ahora bien, hay casos en que la administración es imposible sin actos de disposi­ ción y otros casos en que ia administración consiste en disponer, asi, aun los autores que combatimos, por razones que poco prueban, reconocen la validez de ciertos autos de disposición celebrados por el mandatario general. 43. De utilizarse una tasa fija, también se informará al consumidor el monto de los intereses a pagar en cada período. El nombramiento de apoderado o mandatario, lo puede llevar a cabo la asamblea general de accionistas o bien el admi­ nistrador o administradores, que de acuerdo con sus esta­ tutos tengan facultades para hacerlo. Información sobre las condiciones en que se en­ cuentre el pago de contribuciones y servicios públicos; V. Para el caso de inmuebles nuevos o preventas, las autorizaciones, licencias o permisos expedidos por las au­ toridades correspondientes para la construcción, relativas a las especificaciones técnicas, seguridad, uso de suelo, la clase de materiales utilizados en-la construcción; ser­ vicios básicos con que cuenta, así como todos aquellos con los que debe contar de conformidad con la legisla­ ción aplicable. Las causas más frecuentes imputables al arrendata­ rio son: el subarriendo; la falta o el pago impuntual de las rentas; dar uso distinto a lo convenido o cambio de destino o por daños graves a la cosa arrendada (2489). A.D. 968/62.—Julieta Landero Nava. El derecho concedido en este articulo dura un año. A su vez el artículo 1830 dispone: Es ilícito el hecho que es contrario a las leyes de orden público o a las buenas costumbres. e) Con forma restringida. Por lo que se refiere a las donaciones antenupciales y entre consortes, éstas no pueden ser revocadas por super­ veniencia de hijos, toda vez que una de las finalidades propias del matrimonio es la procreación de hijos. de las fronteras y 50 Km. 28. _u uuu ------------------1 - .. • i i cuai i cj^ ti ata ui LJUJOIVJ UC IVJC> OUHUdlUb, lo estudia desde dos puntos de vista o categorías distintas. Artículo único.—Se reforman los artículos transitorios del Diverso por el que se reforman el Código Civil para el Distrito Federa] en materia común y para toda la República en materia Federal, el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y la Ley Federal de Protección al Consumidor, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de julio de 1993, para quedar como Las disposiciones contenidas en el presente decreto entrarán en vigor 185 sigue: P rimero . Como se explicó en el contrato de compraventa, la responsabilidad del saneamiento varía si el mutuante actuó de buena o mala fe. Quinta Época: Tomo XVI, Pág. 3' Conservar la cosa. EL CONTRATO DE DONACIÓN 169 c) Que no haya conocido los vicios en las anotaciones y asientos del Registro si las hay. Ahora bien ia contratación se debe regir tomando en cuenta dos aspectos: la forma y el fondo. Los formalismos han ido variando espacial y tempo­ ralmente de acuerdo con el cambio de ¡as técnicas legis­ lativas. 3 9 Aplicándole las denominaciones de títulus y modus adquirendi, causa próxima y causa remota, tomadas de la terminología esco­ lástica propia de la época. N otificación Ahora bien, cuando una ser que esté o no arrendada. En caso de que existan vicios ocultos, el comprador puede exigir, o la rescisión del contrato mediante la acción redhibitoria, o bien que se le rebaje el precio en propor­ ción a los vicios—mediante-la—acción quanti minoris. P o r r ú a , México, 1982, p. 49. XXXV, pág. d) El mandante nombra a otro procurador en el mis­ mo juicio. Cuando el negocio no exceda de mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, se podrá otorgar en escrito privado ante dos testigos sin necesidad de ratificación de firmas (Art. Al respecto el artículo 2250 dispone: Si el precio de la cosa vendida se ha de pagar parte en dinero y parte con el valor de otra cosa, el ccfntrato será de venta cuando la parte de numerario sea igual c mayor que la que se pague con el valor de otra cosa. de Shaderman. También debe recaer sobre el fin o motivo determinante de la voluntad que es lo que se conoce como la causa del contrato. Si no hay iden­ tidad en la persona no hay acuerdo de voluntades y por lo tanto el contrato es inexistente. ¿Cómo se perfecciona el consentimiento entre presentes y entre ausentes? Como ejem­ plo de ello se encuentra el préstamo gratuito de un te­ rreno. O sea, si los géneros prestados no eran del mutuante y el mutuatario se ve privado de ellos por una sentencia eje­ 178 BERNARDO PÉREZ FERNÁNDEZ DEL CASTILLO cutoriada que así lo haya establecido, aquél responde del saneamiento por evicción. E l interés legal e s el n u e v e p o r c i e n t o a n u a l . 9. I n s t i t u t o E d i t o r i a l Reus, Madrid, 1 9 6 4 , p . • ^ fnon ChSZ Medal - Ramón, De los contratos civiles, Porrúa S A Mé-' \ irn wxfi ' EL CONTRATO DE MANDATO D istinción entre mandato y prestación de 237 .. servicios PROFESIONALES Estos dos contratos son de gran similitud, pues el ob­ jeto de ambos es la prestación de servicios. Si la pérdida fuere por culpa de alguno de los con­ tratantes, el importe será de la responsabilidad de éste; III. 1872.—Landero Gómez, Francisco y Coags. ELEMENTOS DEL CONTRATO 3O Solemnes. mandante faculta expresamente al mandatario a que a d ­ quiera a su nombre uno o varios de sus bienes. Al respecto el ar¿■culo 2530 dice: Cuando descubre que es propia. Por lo tanto un contrato puede exisr y generar efectos válidos, que merecen ser. 64. Secretario: Juan Castillo Duque.—Informe 1978. Otras conceptúan que el tercer párrafo del mencionado artículo, habla del mandato en general y no del irrevo­ cable, puesto que éste es un caso de excepción. 2337). ^819, 2820 y 2821). Cuando los títulos son nominativos además se requiere para transmitir la propiedad, la inscripción en el registro correspondiente. 1— \ C.&A Al respecto el artículo 2421 dice: El arrendador responde de los vicios o defectos de la cosa arrendada que impidan el uso de ella, aunque él no los hubiese conocido o hubiesen sobrevenido en el curso del arrendamiento, sin culpa del arrendatario. 5. La capa­ cidad para arrendar es la general. En virtud de que esta figura es un acto jurídico uni­ lateral, en un testamento podría establecerse, como carga para el heredero, la obligación testamentaria de dar la opción de compra de un bien, a cierta persona y en deter­ minado precio. Acción que prescribe a los 60 días a partir de que el arrendatario tenga conocimiento de la venta. F.l interés convencional es el que fijen los contratantes, ELEMENTOS DEL CONTRATO 37 y puede ser mayor o ¡"nenor \_|üe el ¡ntc ics iCgai, pc¡o eüewuo el interés sea tan desproporcionado que haga fundadamente creer que se ha abusado del apuro pecuniario, de la inexpe­ riencia o de la ignorancia del deudor, a petición de éste el juez, teniendo en cuenta las especiales circunstancias del caso, podrá reducir e quitativamente el interés hasta el tipo legal. Consentimiento. Los mandatarios; III. Durante siglos, lo que hoy en derecho significa como­ dato, más bien se trataba de una relación dje amistad des­ de luego aplicada fuera del marco jurídico. El código al regular estas especies de mandato, se refiere también al poder: 2553.—El mandato puede ser general o especial. 60 BERNARDO PEREZ FERNANDEZ DEL CASTILLO Unilaterales Obligación Bilateralesjsinalagmáticos del Código Civil Onerosos Prestación Perfectos Imperfectos (Conmutativos [Aleatorios Gratuitos Tipicidad Preparatorio Traslativo de dominio Traslativo de uso Prestación de servicios Asociativos Aleatorios Garantía Termina con una controversia C1 as i ficaciones de los Contratos Civiles Forma de cumplimiento Ejecución instantánea Ejecución escalonada Ejecución diferida Tracto sucesivo Que se desprenden del Código Civil Formalidades Por su independencia Procesales Solemnes Con formalidades restringidas Libertad de formalidades Principales Accesorios T ransacción Mediación Compromiso clasificación de los contratos civiles 61 Preparatorios Promesa Compraventa Permuta Donación T raslativos de dominio (20)1, 1) Dar (2 0 1 1 ) Traslativos (Arrendamiento de uso j (2011, II) Comodato Bienes fungióles: Mutuo (2011, III) Hacer (2027) Contratos civiles Depósito Mandato Prestación de servicios profesionales Obras a precio alzado típicos Asociación Civil Asociativos Sociedad civil Aleatorios Renta vitalicia Venta de esperanza Juego y apuesta Personal Fianza Depósito Mandato irrevocable Garantía í Prenda { Hipoteca Procesal Transacción y arbitraje SEGUNDA PARTE LOS CONTRATOS EN PARTICULAR I I I I I [ i: i i i i [[ í [ i CAPITULO I EL CONTRATO DE PROMESA D efinición El contrato de promesa es el acuerdo de voluntades por medio del cual una parte o ambas, según sea unilateral o bilateral, se obligan a celebrar un contrato futuro. El Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal y Territorio de la Baja Califor­ nia de 1884 establecía: A r t í c u l o 9 fi —Siempre que sea obligatoria por da ley o por convenio de las partes, que un contrato conste en escri­ tura pública, y se niegue alguno de los contratantes a fir­ marla, podrá ei otro obligarle a hacerlo o a que se-¡e indemnice de los daños y perjuicios. Quiero hacer notar que el artículo 2553 se refiere al mandato general y espe­ cial y el 2554 al poder general. Consecuencias de estas afirmaciones son las siguientes: 1“ El vínculo social no se extingue por la nulidad ni anulación de una adhesión aislada, siempre que la falta de la aportación de la misma no haga imposible la con­ secución del fin común. En el derecho¡ romano y en el francés, era por tiempo indeterminado; en los códigos de 70 y 84 no se dan límites para la duración del arrendamiento; el código vigente establece que el arrendamiento de casa habitación no puede ser menor a un año (2448-C) y para comercio o industria no podrá exceder de 20 años. A g u i l a r y C a r b a j a l , L e o p o l d o , Contratos civiles. Pero entre ellos y los de Italia no existe, según - Petit, Eugéne, T r a t a d o e l e m e n t a l d e d e r e c h o r o m a n o , núm. En cuanto a la formación del con­ sentimiento sigue las reglas generales de todos los contratos. En este caso no existe apariencia jurídica porque el po­ der ha dejado de tener vigencia y el poderdante hizo lo ne­ cesario para que el exapoderado no actuara en su nom­ EL CONTRATO DE MANDATO 275 bre. g) Rendir al mandante cuentas de su administración, cuando se lo pida, o en todo caso cuando el mandato con­ cluya. A.D. 4590/58.—Sucesión de Cipriano Aguilar Arias. 338-342). Buenos Aires. Ambas indemnizaciones deberán fi­ jarse por peritos. Su construcción sea nue­ va, siempre que el aviso de terminación sea posterior al 19 de octubre de 1993. j l I i o l cx dación a gl podriuii demandar los contratantes (pro-forma), pero en cambio no podrían ejercitar la acción derivada del artículo 2247 que obliga al cumplimiento forzoso de celebrar el contrato prometido. Por último y en virtud de que el contrato de mutuo es obligacional y no real, para su perfeccionamiento no se necesita de la entrega de la cantidad mutilada como suce­ día en los códigos de 1870 y 1884. Cuando se ha cumplido el objeto para el cual se arrendó la cosa. KERNARDO PÉREZ FERNÁNDEZ DEL CASTILLO 208 T erminación del arrendamiento 1. determina que el contrato es. A.D. 3728/59..—Compañía Ferretera Industrial. D espués de la muerte El mandatario judicial debe continuar en el ejercicio del mandato, después del fallecimiento del mandante, en todos aquellos negocios en que haya asu­ mido la representación de éste, entre tanto los herederos no provean por sí mismos esos negocios, siempre que ¡ de lo contrario pudiera resultarles algún perjuicio, de ¡ acuerdo con lo que dispone el artículo 2600 del Código ¡ Civil del Distrito Federal. la denominan representación indirecta, en la doctrina franrT^-exposición de motivos dei proyecto de Código de ai refe­ rirse al mandato dice: "Se desarrolló *ombre exige para que haya mandato que s parte las teorías nes de los códigos últimamente publicados. Estos contratos son los que otorgan algunas organizaciones de la administración pública federal, como el Infonavit, el Issste, Fovissste, etcétera, que están regulados por sus propias leyes, en las que se determinan las garantías, plazo, interés, seguro de vida, circunstancias que los hacen distintos al mutuo civil, aunque sus normas se aplican supletoriamente. 90 BERNARDO PÉREZ FERNÁNDEZ DEL CASTILLO Clasificación La compraventa es un contrato: principal, bilateral, one­ roso, conmutativo, instantáneo, con formalidades restringidas en bienes inmuebles y en muebles no requiere formalidad. Lauro Marañón Cruz. Cuando se quisieren limitar, en los tres casos que este artículo contiene, las facultades de los apoderados se consignarán las limitaciones o los poderes se harán especiales. A.D. 8353/61. Algu­ nos autores los llaman “forma de ser”, de tal suerte que si no se satisfacen las formalidades requeridas por la ley, el contrato es inexistente, de acuerdo con el aforismo for­ ma dat es se rei. Se denomina promitente al que se obliga y beneficiario al que recibe. En cuanto a su forma, es de forma restringida. semejantes a las manifestaciones de ingratitud que se tratán en mate­ ria de ausencia y de incapacidad para heredar. C lasificación del mandato Es un c o n t r a t o principal, bilateral, oneroso, con for­ ma restringida, inluitu personae. Dispensario de la Piedad, S. A. Mayoría de 3 votos.—Vol. 660); en los poderes generales para administrar bienes bastará expresar que se dan con este carácter, para que el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas (Art. 2331); por ejemplo, las obligaciones de los permutantes son las mismas que las del vendedor. La forma de este escrito la regula el Código Civil que reza: A rtículo 2246.—Para que la promesa de contratar sea vá­ lida debe constar por escrito, contener los elementos ca­ racterísticos del contrato definitivo y limitarse a cierto tiempo. torta tres leches con chantilly, resultados de la kábala 1376, la ética en la vida cotidiana y profesional, costo hospitalización clínica centenario, universidad san pedro repositorio, trabajo part time surco, liderazgo personal y profesional, el tiempo en juliaca cada hora, chaleco reflectivo 3m ficha técnica, partituras para flauta dulce primaria, casa andina premium piura, desventajas de la exportación, comic con san diego 2022 invitados, zapatillas puma mujer oechsle, franco escamilla ecuador, parrillas de acero inoxidable para empotrar, tipos de conflicto armado, modelo de escritura pública, casos prácticos de detracciones pdf, límites de la autonomía privada, caso graña y montero resumen, dos alimentos que contienen grasa vegetal, cuanto pesa un corazón de vaca, clasificación socioeconómica, dirección regional de educación puno mesa de partes virtual, ventajas y desventajas de estudiar negocios internacionales, clases de piano en lima precio, categorías de licencias ambientales bolivia, osteoartrosis primaria generalizada, recomendaciones del poder judicial, noticias de crónicas periodísticas, problemáticas de la virtualidad, bulldog inglés recién nacidos, cantabria nexo inmobiliario, culpa inexcusable código civil, trabajo desde casa empacando lima, ley federal de competencia económica, como se usa el aceite de aguacate de oriflame, como sacar mi boleta de pago minedu, plan de marketing según philip kotler libro, antonimos con prefijos contra, escuelas de economia unmsm, artículo 27 del código penal, alquiler de departamentos en pueblo libre 800 soles, pucp examen de admisión 2023, sunarp cusco consulta, maestría en ciberseguridad y ciberdefensa, experiencia de aprendizaje 6 primaria 2022, dirección regional de educación puno, reglamento del código de ejecución penal, cineplanet angamos cartelera, federación peruana de deporte, técnica escalera de la retroalimentación de daniel wilson, injusto penal definición, experiencia de aprendizaje 6 2021, como saber mis notas de la universidad, precio de cerveza arequipeña en makro, bronquitis auscultación, stranger things 5 reparto, intervención psicológica familiar, libro de religión de 5to de secundaria resueltos 2022, donde estudiar ciberseguridad en perú, album de colección de monedas del perú pdf, são paulo universidade paulista, plotino ideas principales, microorganismos eficientes bokashi, intercambio estudiantil, teléfono star perú huanuco, programa aurora teléfono, juguetes interactivos para niños de 3 a 5 años, comic con argentina 2022 ticketek, temas de religión interesantes, tesis de inteligencia emocional, josé ron y livia brito beso, cuáles son las características de la poesía, propuestas para reducir el consumo de bolsas de plástico, decreto legislativo 776 actualizado 2021, ley de comunidades campesinas, universidad nacional del callao carreras,
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