Mediante escrito presentado el veintiséis de julio de dos mil doce, obrante a fojas setecientos cincuenta y cinco, Agencia Universales Perú Sociedad Anónima (AGUNSA), en representación de Compañía Chilena de Navegación Interoceánica Sociedad Anónima, interpuso recurso de apelación argumentando lo siguiente: - La sentencia debe ser declarada nula, pues contiene una indebida motivación al determinar la supuesta responsabilidad de la recurrente y al no señalar en aplicación de qué norma jurídica se pretende responsabilizarla. Respecto al divorcio por causal de imposibilidad de hacer vida en común.- La demandada imputa al actor un carácter violento, agresivo e insoportable que hace imposible la vida en común, pero no ha acreditado esta afirmación. En efecto, puede decirse que el conocimiento es un recibo respecto a la entrega de la carga, que documenta el contrato de transporte y que funciona como título de crédito”4. reserva. principio de congruencia procesal consagrado por el numeral VII del Título Preliminar del Como señala la doctrina procesal y constitucional. cuarenticuatro guión dos mil siete, en el día de la fecha, expide la siguiente …”, “…en el presente proceso se encuentra acreditada la existencia del Conocimiento de Embarque Nº LACA 1858, obrante a fojas ocho, traducido a fojas ciento siete, documento que prueba el contrato de transporte de la mercancía siniestrada, y en el que se ha consignado en calidad de embarcadora a la empresa L&M Companies Inc.; en calidad de porteadora (o transportista) a la empresa demandada Hamburg Sud; y, en calidad de consignataria a Supermercados Peruanos Sociedad Anónima; documento que ha sido suscrito por Hamburg Sud. erradamente que los tribunales peruanos no son competentes para resolver el conflicto de La sentencia materia de casación adolece de motivación defectuosa en sentido estricto, puesto que, no ha analizado debidamente los alcances del articulo 10 de la Ley NO 24041; teniendo en cuenta que, la demandante ha desarrollado de manera ininterrumpida, durante 01 año y 08 meses, labores de carácter permanente como Auxiliar en la Gerencia 1.4. aplicable. Las razones que sustentaron dicha decisión son las siguientes: - La Sala Superior señaló que, de acuerdo al Conocimiento de Embarque para transporte multimodal Nº LACA 1858, que obra a fojas ocho, traducido a fojas ciento siete, se acredita que el transporte se ha efectuado bajo la modalidad de embarque FCL/FCL, la que, de acuerdo a la jurisprudencia y la doctrina, significa de puerto a puerto, lo cual importa el traslado de la mercadería desde las instalaciones del exportador hasta las instalaciones del consignatario. - La mercadería registraba un peso bruto de treinta y seis mil quinientos dieciséis kilogramos. Por ello, se puede decir que estamos ante una debida motivación cuando ésta presenta una argumentación que expresa las justificaciones internas y externas de la decisión. resolución con arreglo a ley; DISPUSIERON la publicación de la presente en este caso la competencia por razón de territorio sería improrrogable, aseveración - El Certificado de Averías Marítimo Nº 04-0560, presentado por Preventores Asociados, Ajustadores y Peritos de Seguros Sociedad Anónima, concluyó que el total a indemnizar es de treinta y un mil noventa y cuatro dólares americanos con veinticuatro centavos de dólar, monto que la actora ha procedido a pagar a la asegurada; por ello es que interpone la presente demanda. Segundo.- Dentro de Suele ser muy usada en derecho, y se opone a la expresión lato sensu (o sensu lato —abreviada s. l. — o sensu amplo —abreviada s. a. o s. ampl. resolución en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad; en los seguidos por considerado como elemento suficiente para vincular a los tribunales del Perú a conocer de Vista la causa número treinta y ocho – dos mil dieciséis; en audiencia pública de la fecha; y producida la votación de acuerdo a ley, ente sentencia. 2.3. La compañía de seguros pide reembolso de pago. Respecto a los alimentos.- La demandada se limita únicamente a solicitarlos, pero no sustenta su pedido, ni evidencia estado de necesidad. Los motivos de casación por infracción de ley se refieren a la violación en el fallo de leyes que debieran aplicarse al caso, a la falta de congruencia de la resolución judicial con las pretensiones deducidas por las partes, a la falta de competencia etc. Expone como soporte de su pretensión que: 1.1. Compiladora Delia Revoredo de Debakey. Teléfono: 464-1378 Fax: 452-3412 Email: cperalta@hdkp.pe, PD. por el pagaré materia de ejecución se sometieron a legislación de Bahamas, ello Sumilla.- Conocimiento de Embarque. de la Sala consistente en que es necesario determinar la ley aplicable y en base a ello precisar que es independiente la determinación de la competencia jurisdiccional de cuál Lea también: Casación N° 1098-2014, Lima: Notificación bajo puerta es nula cuando características del lugar difieren del domicilio del demandado. vinculado a otros foros (...). contenidas en el pagaré puesto a cobro se pronuncie sobre qué normativa corresponde ser Sétimo.- En este contexto, se aprecia que la recurrente Agencia Universales Perú Sociedad Anónima argumenta -en su escrito de fojas mil ciento cinco- que la impugnada contiene una motivación incongruente y, por ende, contradictoria, pues, por un lado, señala que el término FCL/FCL significa puerto a puerto y, por otro lado, indica que el mencionado término quiere decir puerta a puerta. Que, precisamente, regulando éste derecho fundamental, el legislador ha optado por imponer al Juez, en los términos que señala el artículo 197 del Código Procesal Civil, la obligación de valorar en forma conjunta y razonada todos los medios de prueba, dado que, las pruebas en el proceso, sea cual fuera su naturaleza, están mezcladas formando una secuencia integral; por lo que, es responsabilidad del Juzgador reconstruir, en base a los medios probatorios, los hechos que den origen al conflicto, por lo tanto, ninguna prueba deberá ser tomada en forma aislada, tampoco en forma exclusiva, sino en su conjunto, toda vez, que sólo teniendo una visión integral de los medios probatorios se puede sacar conclusiones en busca de la verdad que es el fin del proceso. que resulte aplicable, asunto que se dilucida después de establecida la competencia El Contrato en general. - No se ha considerado que el artículo 600º del Código de Comercio tiene como premisa que la indemnización a favor de tercero se deba a un daño producto de la conducta del capitán de la nave en la custodia de los efectos que cargó en el buque, es decir, la responsabilidad como naviero se limita a responder por los actos del capitán durante la permanencia de la carga a bordo del transporte marítimo, supuesto que no se ha presentado en este caso, debido a que ya se ha establecido que el daño se produjo durante el transporte terrestre. la sentencia de vista obrante a fojas trescientos siete, su fecha treintiuno de enero del Esto es independiente del derecho que resulte aplicable, casatorio, estos son: 1) La falta de motivación; y, 2) La defectuosa motivación. Asimismo, no ha cumplido con valorar de manera integral todas las cláusulas contenidas en el anticipo de legítima contenida en el testimonio trescientos cuarenta y seis; todo lo cual debe ser valorado de manera y razonada con las demás pruebas admitidas en el proceso; en tanto resultan relevantes en atención a la alegación de la parte recurrente y al acontecimiento de los hechos, de los que se debe determinar la fecha del anticipo. Introducción al proceso. anotadas y en aplicación del acápite dos punto tres del inciso segundo del artículo SEXTO.- Que, bajo ese contexto dogmático, la causal de la infracción normativa procesal denunciada se configura entre otros supuestos en los casos en los que en el desarrollo del proceso, no se han respetado los derechos procesales de las partes, se han obviado o alterado actos de procedimiento o si la tutela jurisdiccional no ha sido efectiva y/o el órgano jurisdiccional deja de motivar sus decisiones o lo hace en forma incoherente a la naturaleza del proceso, en clara trasgresión de la normatividad vigente y de os estadios superlativos del procedimiento. insuficiente, pues, no se señala la norma jurídica que apoya tal razonamiento, toda vez el Juez debe determinar cuál sería la normatividad aplicable teniendo en cuenta el La sociedad de gananciales se disuelve solo por causas taxativas, las mismas que se encuentran enunciadas expresamente en el artículo 318 del Código Civil, siendo éstas las únicas razones que pueden ser alegadas para solicitar la conclusión del mencionado régimen. A pesar de esto, él continúa sufragando los gastos de mantenimiento de la casa y los servicios básicos, como agua, luz y teléfono, a pesar que la demandada tiene una vida económica activa y holgada. - Agrega que el numeral 6 del artículo 3º de las Reglas de la Haya de mil novecientos veinticuatro, establece que el aviso sobre pérdidas o daños debe darse por escrito al transportador o a su agente en el puerto de descarga antes o al momento de retirar la mercadería y si las pérdidas o daños no fueron aparentes, el aviso deberá ser dado dentro de los tres días de la entrega, sin embargo, en este caso el consignatario luego de diecinueve días después de desembarcada la mercancía dio aviso sobre los daños reclamados. Lima, veintisiete de marzo de dos mil catorce.-. 5. En esa perspectiva: 1. defectuosa, la cual se da cuando el razonamiento del juez viola los principios lógicos y que resulta errada puesto que de acuerdo a los numerales dos mil cincuentisiete, dos mil 5.- sobre la respuesta a las pretensiones de las partes. RODRÍGUEZ CHÁVEZ Dicho de otro modo, el derecho al debido proceso constituye un conjunto de garantías de las cuales goza el justiciable, que incluyen, la tutela procesal efectiva, la observancia de los principios o reglas básicas y de la competencia predeterminada por Ley, así como la pluralidad de instancias, la motivación y la logicidad y razonabilidad de las resoluciones, el respecto a los derechos procesales de las partes (derecho de acción, de contradicción) entre otros. 46 Manual Curso Máter Practitioner PNL - MCR adiestramiento y Desarrollo Personal y Gerencial C. A. Revisión Enero 2017. CUESTIÓN JURÍDICA EN DEBATE - Respecto a las infracciones normativas de orden procesal, debe determinarse si la decisión impugnada se emitió en cumplimiento de la garantía que otorga el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales. - Indicó que el valor real del siniestro asciende a la suma de veintitrés mil ciento once dólares americanos con cincuenta y cinco centavos de dólar y no de treinta y un mil noventa y cuatro dólares americanos con veinticuatro centavos de dólar, como afirma la demandante, ya que el ajustador de seguro ha olvidado, entre otros, descontar el valor del salvamento y los derechos de aduanas. intereses contenido en este proceso, puesto que según el Colegiado para anular la 2.3 La justificación del juzgador sea consecuencia de una aplicación racional de la ley y del sistema de fuentes de nuestro ordenamiento. Sobre este argumento en concreto, es pertinente anotar que la motivación es defectuosa en sentido estricto cuando el razonamiento del juez viola los principios lógicos y las reglas de la experiencia, esto es, la motivación propiamente defectuosa se presenta cuando se vulnera el principio de contradicción (o de no contradicción), es decir, cuando se afirma y se niega al mismo tiempo una misma cosa de un mismo sujeto, toda vez que nada puede ser y no ser simultáneamente. Quien no firma no está obligado. casos puede prorrogarse tácitamente cuando quien se apersona en el juicio no hace territorial es improrrogable; no obstante, no señala cuál sería el sustento jurídico Título Valor obrante a fojas dos. Capitulo Sexto, los errores in cogitando, primera edición; Lima-Perú, 1997). ¿Hasta cuándo las entidades públicas podían identificar contratos CAS a plazo... TUO del Código Procesal Civil [actualizado 2022], Nuevo Código Procesal Penal peruano [actualizado 2022]. Undécimo.- El artículo 1363º del Código Civil estipula que: “Los contratos solo producen efecto entre las partes que los otorgan y sus herederos, salvo en cuanto a estos si se trata de derechos y obligaciones no transmisibles”. [VÍDEO] Examen Profa: 20 preguntas (con sus respuestas) sobre ordenamiento jurídico…, Clase en vivo por Zoom sobre los procesos constitucionales en materia…, Sunat: aprueban porcentaje requerido para determinar el límite máximo de devolución…, Relación y diferencias entre el PAD y PAS, Bienes propios de un cónyuge pueden responder por obligaciones personales del…, Código Civil peruano [realmente actualizado 2022], Ley que garantiza la reactivación de obras públicas paralizadas (Ley 31589)…, Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 27972) [actualizada 2022], Ley Orgánica de Gobiernos Regionales (Ley 27867) [actualizada 2022], Revisa las convocatorias para selección y nombramiento de jueces y fiscales…, Requieren 10 egresados o bachilleres para el área de derecho penal…, Tribunal Constitucional lanza convocatoria con sueldo de 10 000 soles, Sunedu lanza convocatorias con sueldos de hasta 19 800 soles, Defensoría del Pueblo lanza convocatoria CAS con sueldo de 7000 soles, [VÍDEO] ¿Un perito médico puede determinar si hubo lesiones leves o…, ¿Por qué Aníbal Torres renunció a la Presidencia del Consejo de…, [VÍDEO] La función de distinguir el daño del perjuicio y el…, Elvia Barrios: «El trabajo presencial es del juez, pero el juez…, Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Es negligente el empleador que no previó los peligros que implica la construcción de una carretera [Casación 3334-2013 Ayacucho], Indecopi: declaran barrera burocrática ilegal exigir certificaciones irrazonables a farmacias de emprendedores [Resolución 0032-2023/CEB-Indecopi], La responsabilidad civil extracontractual nace de la ley, y la responsabilidad contractual de la voluntad de las partes [Casación 662-2014, Lima], Indecopi sanciona a Nestlé porque producto «Maggi Cubito Carne» no contiene carne en lo absoluto (publicidad engañosa) [Resolucion 0191-2022-SDC-Indecopi]. El Conocimiento de Embarque es el documento que constituye la prueba del contrato de transporte marítimo de mercancías, que acredita que el porteador o transportista ha tomado a su cargo las mercancías a bordo y en virtud del cual éste se compromete a entregarlas en el lugar de destino contra la presentación del documento, obligando a las partes intervinientes en dicho instrumento. MIRANDA MOLINA. Lea también: Casación N° 782-2015, Del Santa: Incremento patrimonial en el enriquecimiento ilícito debe corresponder al funcionario o servidor público. Mediante escrito presentado el veintiséis de julio de dos mil doce, obrante a fojas setecientos cincuenta y cinco, Agencia Universales Perú Sociedad Anónima (AGUNSA) interpuso recurso de apelación argumentando lo siguiente: - El Juez de la causa determinó que el daño alegado por la actora se produjo dentro del ámbito de responsabilidad del transportista marítimo, entonces debió analizar si la causa del mismo era atribuible a dicho transportista, o si existió alguna causa de exoneración de responsabilidad, toda vez que en su escrito de contestación de la demanda argumentó como causal de exoneración de responsabilidad la existencia de vicio oculto, lo que no ha sido analizado por el Juez en la sentencia materia de apelación. que apoya dicho razonamiento, dejando de observar que de acuerdo a los numerales dos mil ocasionaría la incompetencia de los Tribunales peruano bajo el fundamento que la 1.3. III. Si usted no desea continuar recibiendo estos mensajes respóndame poniendo la palabra Remover en el rubro Asunto. dos mil cincuentisiete del Código Civil, el cual estipula como regla general que. Las cafeteras eléctricas suman puntos porque se apagan solas, mientras que en el caso de las de hornilla no es así y hay que estar ahí mientras se prepara el café. judicial peruana, aplicando las normas de conflicto del foro; en tal sentido, es del caso cincuentinueve y dos mil sesenta del Código Civil, la competencia jurisdiccional en estos Queda claro que el sólo hecho de domiciliar en el territorio del Estado peruano es Ediciones jurídicas Hispano Americanas, México D.F., 1940 p. 222. en pruebas no actuadas o en hechos no ocurridos; la motivación insuficiente, que se asunto que se dilucida después de establecida la competencia judicial peruana, aplicando - La mercancía se encontraba en los almacenes de Broetje Orchards, empresa empacadora y conservadora contratada por L&M Companies Inc., la cual fue entregada el veintidós de octubre de dos mil cuatro a la firma Three Rivers Trucking para su transporte terrestre en camiones hasta el puerto Long Beach, lugar en el que se cargarían en los contenedores respectivos por cuenta de Hamburg Sud North América, del mismo grupo empresarial de la demandada Hamburg Sud. accionante, Genaro Martín Cuba Alva, debidamente protestado, más intereses Esto sucede cuando las partes hayan excluido su transmisión; o cuando la exclusión se desprenda del mandato de la ley; o si, finalmente, haya surgido en razón directa o preponderante de las condiciones personales de los contratantes. Derecho Marítimo, 25 ensayos, Transporte Marítimo, Multimodal y Puertos. b) motivación aparente: motivación insuficiente y motivación defectuosa en sentido estricto. Segundo.- Sobre las infracciones normativas de orden procesal propuestas por ambas recurrentes, a través de los acápites a) e i) del rubro III de esta resolución, referido a los recursos de casación, es el caso anotar que el derecho al debido proceso, contemplado en el artículo 139º, inciso 3, de la Constitución Política del Estado, es un derecho continente que comprende diversos derechos fundamentales de orden procesal de muy distinta naturaleza, que en conjunto garantizan que el procedimiento o proceso en el cual se encuentre inmerso una persona se realice y concluya con el necesario respeto y protección de todos los derechos que en él puedan encontrarse comprendidos. Cuarto.- En la Alegando que la sentencia de vista objeto de impugnación ha vulnerado su derecho al debido proceso, en su vertiente de derecho a la motivación, por tres razones esenciales: i) Por no haber expresado ninguna consideración en relación al caudal probatorio antes descrito; ii) Por no haber tenido en cuenta el argumento de defensa por el cual sostuvo que la edificación existente sobre los aires de la primera planta del inmueble ubicado en la calle Avogadro N° 116 – San Borja fue levantada con los recursos de la sociedad conyugal, pues ambos cónyuges se encontraban empleados durante el año 1987 en el Instituto Peruano de Seguridad Social, ganando una remuneración considerable, que les permitió acceder a préstamos de diferentes cooperativas y mutuales, con los cuales se financió la construcción; y. iii) Por lio haberse pronunciado sobre la pretensión por la cual el demandante pretendía que la construcción edificada sobre los aires de la primera planta del inmueble ubicado en la calle Avogadro N° 116 – San Borja sea declarada bien propio suyo y, además, haber afectado el principio de limitación del agravio, toda vez que en la apelación del demandante se argumentó que el órgano jurisdiccional no había valorado ciertos medios probatorios y la sentencia de vista ha resuelto indicando que lo solicitado por la recurrente no ‘puede determinar en este proceso. Download Free PDF View PDF. Limitada, sobre obligación de dar suma de dinero; y los devolvieron; Vocal Ponente señor Respecto al divorcio y extinción de la sociedad de gananciales.- En autos se ha acreditado la separación de hecho entre ambos cónyuges, pues,, así lo han reconocido ambas partes en la demanda y reconvención. Publicado 30 de junio de 2016 (Página 78619). - También indicó que antes de ser embarcada la mercadería en la referida nave, la firma COTECNA inspeccionó los contenedores determinando que el equipo de refrigeración funcionaba correctamente y la temperatura cumplía con todos los estándares proporcionados por la asegurada. En dicho instrumento también se han consignado las características de la mercancía transportada (peras y manzanas); la identificación de los contenedores (CRXU6814888 y SU DU4771643); número de bultos (novecientos ochenta cajas de manzanas y mil setenta y uno cajas de peras); y, el peso bruto de dicha mercancía (diecisiete mil ciento cincuenta kilogramos de manzanas y diecinueve mil trescientos sesenta y seis kilogramos de peras), precisándose que la modalidad de embarque es FCL/FCL…”, Obligación de dar suma de dinero. año dos mil siete; ORDENARON que la Sala Superior expida nueva Ello justifica que el propio Estado (a través del codificador) otorgue al contrato su efecto relativo. un caso, aun cuando esté vinculado a otros foros (...). Examen JNJ: Cinco preguntas sobre derechos reales. Download Free PDF View PDF. Lea también: Casación 160-2014, Del Santa: Fijan doctrina jurisprudencial sobre peculado (Caso César Álvarez). Por ello, la motivación concebida como expresión de los motivos, las causas, de una decisión es un discurso hay salto posible que permita fundar una conclusión normativa en un conjunto de premisas descriptivas. Queda claro que el sólo hecho de domiciliar en el territorio del Estado peruano es Asimismo citando la Cas. Según escrito de fojas cuarenta y cuatro subsanado a fojas sesenta y uno Hernán Arturo Salvador Díaz, interpone demanda planteando como pretensión principal el Divorcio por causal de separación de hecho contraído con España Edwards Zavaleta el dieciséis de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro; como primera pretensión accesoria la Extinción de la sociedad de gananciales; como segunda pretensión accesoria se declare que el domicilio conyugal, ubicado en la calle Avogadro N° 116 – segundo piso – Surco es bien propio del actor; y como tercera pretensión accesoria se ordene a la demandada abandone el inmueble antes referido. Pesquera Atlántida Sociedad de Responsabilidad Limitada a la orden de Interbank Overseas Código Civil Comentado. 1. Carlos Peralta
Décimo Quinto.- Ahora bien, en el presente proceso se encuentra acreditada la existencia del Conocimiento de Embarque Nº LACA 1858, obrante a fojas ocho, traducido a fojas ciento siete, documento que prueba el contrato de transporte de la mercancía siniestrada, y en el que se ha consignado en calidad de embarcadora a la empresa L&M Companies Inc.; en calidad de porteadora (o transportista) a la empresa demandada Hamburg Sud; y, en calidad de consignataria a Supermercados Peruanos Sociedad Anónima; documento que ha sido suscrito por Hamburg Sud. considerando de la resolución impugnada, la Sala repite que la ley aplicable determina la rango constitucional, y que exige al juzgador exponer las razones que justifican su partes vinculadas por el pagaré materia de ejecución se sometieron a legislación de C-1392274-9. siendo que en este caso, la ejecutada domicilia en Lima conforme aparece del propio ochocientos cinco dólares norteamericanos con veintiocho centavos representado por el 4. DOCTRINAS BÁSICAS DE LA IGLESIA DE SANTIDAD PENTECOSTAL. QUINTO.- En atención a ello, corresponde precisar que, el debido proceso es un derecho complejo, pues está conformado por un conjunto de derechos esenciales que impiden que la libertad y los derechos de los individuos sucumban ante la ausencia o insuficiencia de un proceso o procedimiento, o se vean afectados por cualquier sujeto de derecho –incluyendo el Estado– que pretenda hacer uso abusivo de éstos. Este Supremo Tribunal, mediante resoluciones de fecha cuatro de octubre de dos mil trece, obrantes a fojas setenta y setenta y dos del cuaderno de casación, declaró la procedencia de los recursos por las infracciones normativas antes citadas. demandada sea una persona domiciliada en el Perú. Se usa también en las ciencias biológicas, en taxonomía . Mediante escrito presentado el veintiséis de octubre de dos mil cinco, obrante a fojas ciento sesenta y uno, Agencias Universales Perú Sociedad Anónima (AGUNSA), en representación de Compañía Chilena de Navegación Interoceánica Sociedad Anónima, contestó la demanda, negándola y contradiciéndola en los siguientes términos: - La recurrente solo fue la operadora efectiva de la nave CCNI Vancouver, por tanto, su período de responsabilidad se restringe al comprendido entre el embarque de los contenedores en la citada nave en el Puerto de Long Beach hasta que éstos fueron descargados en el Puerto del Callao, es decir, del primero de noviembre de dos mil cuatro al catorce de noviembre de dicho año, señalando que durante ese periodo no se produjo incidente alguno que pueda haber causado la pérdida del cargamento de frutas. resolución obrante a fojas trescientos siete, declara nula la apelada ordenando al juez Tomo X. Gaceta ¿Te animas a resolverlas? SERRANO. La prueba debe ser valorada en su integridad, acorde a su finalidad y de manera conjunta y razonada; hacer lo contrario constituye afectación al debido proceso, específicamente a la adecuada motivación y valoración de los medios probatorios. A partir de los cual se advierte que los aires del inmueble fueron transferidos por anticipo de legítima al actor, por lo que constituyen bien propio; pero que la edificación existente en ellos fue levantada con recursos de la sociedad conyugal, por lo que constituye un bien social, conforme se acredita con las instrumentales de fojas doscientos uno a doscientos catorce, máxime si las deudas contraídas con el Banco de Crédito del Perú, han sido cubiertas en su totalidad por el demandante conforme es de verse de fojas quinientos cincuenta y cuatro a quinientos setenta y siete, declaración testimonial de José Manuel Cabral Ramírez, quien señala vivir en el primer piso del inmueble y que era cuestión de la sociedad conyugal la construcción del inmueble pues solo se le dio los aires, por su parte la demandada señala que construyó con el demandante y que los préstamos hipotecarios los pagó ella por descuentos por planilla; por su parte el demandante señala, que cuando contrajo matrimonio con la demandada la construcción no existía pero que el proyecto ya estaba listo para construir, es decir la construcción del segundo piso del bien se realizó durante la vigencia de la sociedad de gananciales. treintiuno de enero del año dos mil siete, expedida por la Primera Sala civil con Sentencia de primera instancia. Sexto.- De lo hasta aquí expuesto se puede concluir que la Sala Superior ha sido escrupulosa al expresar la justificación tanto interna y externa de la decisión impugnada, en base al material probatorio aportado al proceso y el análisis de las normas jurídicas y hechos sometidos a controversia; sin perjuicio de ello se considera indispensable analizar en forma concisa cada uno de los argumentos propuestos por las impugnantes en sus respectivos recursos de casación. Lima, 2007, p.532. 3.2. señala, según Olsen Ghirardi, que existen hasta tres tipos de vicios vinculados a la Lima: Editorial Cusco, 2006, p. 128. es la Ley aplicable. limitándose a sostener, también erradamente, que estaríamos ante un caso de competencia la sentencia de vista presenta una motivación defectuosa, al señalar que no puede suplir la carga de la prueba de los sujetos procesales, por ser la prueba de oficio una discrecionalidad del juez siempre que exista una fuente de prueba, vulnerando con ello el artículo 29° de la ley n° 27584, el cual establece la facultad del juez de realizar las … De acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Strictu sensu proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es: Loe, lat. 2. —). once de marzo del año dos mil ocho, por la causal contemplada en el inciso tercero del Del Rio Labarthe Gonzalo afirma que "la motivación de las resoluciones judiciales tiene un doble fundamento: 1) Permitir el control de la actividad jurisdiccional y 2) Lograr convencer a las partes y a los ciudadanos sobre su corrección y justicia, mostrando una aplicación del derecho vigente libre de arbitrariedades. Con base en ello, el derecho a la debida motivación de las decisiones fiscales también se ve vulnerado cuando la motivación es solo aparente, en el sentido de que no da cuenta de las razones mínimas de hecho o de derecho que sustentan la decisión fiscal, o porque se intenta dar solo un cumplimiento formal a la exigencia de la motivación. f) Se declara como bien propio de don Hernán Arturo Salvador Díaz los aires (segundo piso) del inmueble ubicado en la calle Avogadro N 116 – San Borja y como patrimonio de la sociedad conyugal la construcción edificada sobre los aires. En sentido estricto; es decir, contra ampliaciones en la acepción de las palabras y en la interpretación de las normas. Código Civil VI. a las partes o terceros legitimados, sino a proveerla con determinadas garantías mínimas según escrito obrante a fojas ochentidós, sin hacer reserva respecto a la competencia trescientos noventiséis del Código Procesal Civil: declararon FUNDADO el recurso de casación interpuesto a Principios de Derecho procesal civil, segunda edición, editorial Temis Librería, Bogotá, Colombia, 1979, p. 359. Levy Cruz Hernadez. II. SEGUNDO.- Que, el recurso de casación tiene como fines esenciales la correcta aplicación e interpretación del derecho objetivo y la unificación de la jurisprudencia nacional de la Corte Suprema de Justicia, conforme se señala en el artículo 384 del Código Procesal Civil. En cuanto al divorcio.- Debe confirmarse, dado que en autos se encuentra acreditada la configuración de la causal de separación de hecho. ¿Puedes resolverlas? Tomo I. Lima: Palestra Editores, 2003, p. 393. Es más, la Sala Superior no ha observado lo dispuesto en el numeral dos mil DÉCIMO SEGUNDO.- De la revisión de los autos se advierte que la instancia de mérito ha infringido el marco jurídico aquí delimitado, en tanto no ha cumplido con valorar de manera conjunta y razonada todos los medios probatorios, tales como: a) El contrato privado de mutuo de fojas setecientos cincuenta y nueve donde ambas partes asumen una deuda por cincuenta mil intis el de fecha veinticuatro de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho, en el que se indica que el préstamo es para mejoras de vivienda; b) La resolución directoral obrante a fojas setecientos sesenta y tres que autoriza el descuento por planilla por concepto de préstamo de cincuenta mil intis, a la demandada España Edwards Zavaleta; c) La demanda ejecutiva obrante a fojas setecientos cincuenta y ocho interpuesta por la mutual Santa Rosa contra ambas partes; d) La carta dirigida por la demandada a la Mutual Santa Rosa obrante a fojas setecientos sesenta y cinco; e) Los actuados judiciales del proceso de pago de intis seguido por Mutual Santa Rosa contra la demandada, obrantes a fojas setecientos cincuenta y cinco, setecientos cincuenta y seis y setecientos cincuenta y siete; f) Las cartas de fojas setecientos sesenta y cinco a setecientos sesenta y siete; g) La declaración j jurada de fojas setecientos sesenta y nueve; y. h) El presupuesto para elaboración de repostería de cocina y constancias de recibo de pago por dicho trabajo de fojas setecientos sesenta y ocho y vuelta. somete a una jurisdicción quien se apersona en el juicio sin hacer reserva; en tal En esta edición digital hemos mantenido el texto como apareció impreso originalmente INDICE. Lea también: Casación N° 656-2014, Ica: Efectos del incumplimiento de reglas de conducta no se aplican necesariamente de forma correlativa. Contestaciones de la demanda. 1º del Convenio de Bruselas y Art. En el presente proceso de divorcio por causal de separación de hecho, la demandada España Edwards Zavaleta, interpuso recurso de casación, a fojas mil doscientos dos, contra la sentencia de vista de fecha catorce de octubre de dos mil quince, obrante a fojas mil ciento cincuenta y uno, expedida por la Primera Sala Especializada de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, que revoca la sentencia apelada de fojas mil sesenta y siete, su fecha nueve de marzo de dos mil quince, en el extremo que declara patrimonio de la sociedad conyugal la construcción sobre el inmueble de propiedad del demandante y reformándola declara improcedente dicha pretensión; en los seguidos por Hernán Arturo Salvador Díaz. - En virtud a dicho instrumento de transporte, la Sala concluyó que se encuentra acreditada la responsabilidad del transportista respecto a los daños sufridos a la carga como consecuencia de fallas en el sistema de frio de la nave CCNI Vancouver, durante el transporte hasta el Perú, debido al avanzado estado de maduración de la mercadería asegurada, que conllevó al pago por indemnización efectuado por la demandante, conforme consta del recibo de indemnización de fojas cincuenta y uno. Señaló que el contrato de transporte marítimo, que es materia de la presente controversia, fue suscrito por la codemandada Hamburg Sud, en su condición de transportista contractual, conforme se acreditó con el Conocimiento de Embarque Nº LACA 1858; sin embargo, la impugnante no celebró contrato de transporte alguno con relación al cargamento materia de controversia y no intervino como parte en dicho contrato, lo que se evidencia del citado conocimiento de embarque. del Código Procesal Civil. (0416) 620.94.66. motivación de las sentencias pueden presentarse vicios, que pueden ser objeto de control «Es cierto que todas las causales supone una violación de ley, pero esta violación puede darse en la forma o en el fondo»[3]. Motivación defectuosa en sentido estricto; en ese sentido y coincidiendo con la doctrina, la motivación aparente se da cuando la decisión se basa en pruebas no actuadas o en hechos no ocurridos; la motivación insuficiente , que se presenta cuando vulnera el principio de la razón suficiente y la motivación defectuosa propiamente dicha, se . b) Infracción normativa del artículo 1363º del Código Civil: sostuvo que la Sala Superior infringe lo dispuesto en el artículo 1363º del Código Civil, norma que regula el principio de relatividad contractual, por cuanto se le ha aplicado a la recurrente los términos de un contrato en el que no ha sido parte.
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