104  C. Ap. 164 Cfr. 133-155; Tavolari Oliveros, Raúl, "La prueba en el proceso", en El proceso en acción, Libro-mar, Santiago, 2000, pp. Vale decir, el uso de los medios probatorios en el contexto de la justificación de la sentencia, debe guiarse por las exigencias que impone el método llamado "atomista", conforme al cual la decisión sobre los hechos se debe obtener a través de una consideración analítica de los específicos elementos de prueba allegados al proceso154. Por exceder con creces el propósito de este trabajo, nos limitamos a consignar que no cabe confundir las fuentes de prueba con las predichas modalidades. 307-325; Twining, W., "Lawyers' Stories...", cit., pp. Pensamos que con el propósito de cumplir con las exigencias de racionalidad que subyacen a todos los planteamientos precedentes, el régimen que debe imperar es el abierto, propio de los sistemas de common law, conforme al cual la ley debe permitir el uso de todos los elementos de prueba, a menos que una disposición expresa los excluya o limite179 . P. González del Alba, Reus, Madrid, 1916, pp. 48  Una perspectiva escéptica acerca de los hechos, en Frank, Jerome, Derecho e incertidumbre, trad. 141-172. En estricto sentido, en el caso de la prueba documental el medio probatorio no puede ser la actividad de aportación, ni el procedimiento que regula tal actividad, sino aquella categoría de objeto que el sistema procesal admite como material probatorio útil e idóneo. División de clases de competencia. Ia, pp. 122 Cfr. 53  Cfr. En cuanto a la preferencia de medios probatorios, la máxima "témoins passent ¡ettres" y la regla "lettres passent témonis", véase Claro Solar, Luis, Explicaciones de Derecho civil chileno y comparado, Editorial Jurídica de Chile, reimpresión, Santiago, 1992, vol. Gascón Abellán, M., Los hechos..., cit., 83-97; de la misma autora, "La racionalidad...", cit., pp. 132 Cfr. Con referencia especial al Derecho procesal positivo vigente uruguayo, Depalma, 5a reimpresión, Buenos Aires, 1993,pp.490y491. En una primera explicación, podríamos señalar que este aspecto corresponde a algo así como el punto de partida del fenómeno probatorio: es la "materia prima" con la que deberán trabajar las partes y el tribunal en la tarea de establecer las cuestiones fácticas del conflicto.19, 3.1. 377 y 378. 169  Sobre la relación entre los requisitos de "racionalidad" y "justicia", por un lado, y la "producción de la prueba", por otro, véanse, Actas Oficiales de la Comisión Constituyente, sesiones 101a (9 enero 1975) y 103a (16 enero 1975); en cuanto a la relación entre la tutela judicial efectiva y la prueba, Carocca Pérez, Alex, "Las garantías constitucionales del sistema procesal chileno", en Revista Ius et Praxis, año 3, N°2, Universidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Talca, 1997, p. 170; para una referencia a la doctrina extranjera, ampliamente Picó I Juno Y, Joan, El derecho a la prueba en el proceso civil, Bosch, Barcelona, 1996, passim, en especial, pp.13-38. A. M. Morello, Librería Editora Platense, La Plata, 1996, pp. LA PRUEBA JUDICIAL COMO ACTIVIDAD, MEDIO Y RESULTADO, En nuestro idioma no existen palabras específicas para aludir a los principales rubros sobre los cuales se proyecta la prueba en juicio. Empero, como bien se ha indicado por una parte de la dogmática, la conducta de los litigantes no es suficiente para formar un cuadro de convicción "si falta todo elemento de orden objetivo"152. cit., pp. Por lo mismo, no nos parecen correctas las explicaciones doctrinarias que califican al medio probatorio como una actividad probatoria, ni tampoco la teoría que lo asocia con el resultado de la prueba procesal. Wikilibros (es.wikibooks.org) es un proyecto de Wikimedia para crear de forma colaborativa libros de texto, tutoriales, manuales de aprendizaje y otros tipos similares de libros que no son de ficción. cit., pp. 83 Real Academia Española, Diccionario de la lengua española..., cit., p. 1478, acepción 37a sobre el sentido de la expresión "por medio de". La redacción del escrito debe ser en forma impersonal y genérica, es decir en tercera persona del singular, ejemplo: se definió, se hace, entre otras, más no se debe escribir, yo hice, yo apliqué. Parte general, Editorial Jurídica de Chile, 4a edic, Santiago, 2005, t. II, n° 74, pp. Es por ello que en el concierto angloamericano se ha dicho que la evidence es uno de los componentes de los argumentos judiciales 162, y que el marco general de aquélla siempre está dado por el argumento.163, Si bien compartimos esta constatación, no por eso sostendremos que los medios probatorios sean en esencia elementos argumentativos. Por lo mismo, estimamos que es necesaria la aclaración conceptual que proponemos en este trabajo, a partir de la cual sugerimos dejar instalados los medios de prueba en el aspecto concerniente a los datos empíricos con base en los cuales el juez puede arribar a un resultado probatorio. Continuando con lo último, es importante clarificar una imprecisión conceptual que se produce en torno a los medios de prueba, derivada en buena parte de su mezcla con la actividad de prueba y con el procedimiento probatorio. Excepciones que derivan del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y del Código Civil. cit., pp. En otras palabras, se trata de una perspectiva de verdad "aproximada" o "probable" en el contexto de un juicio: una verdad de los hechos que nunca es absoluta, sino que viene dada por la hipótesis más probable o sostenida en mayores elementos de confirmación, consistentes precisamente en lo que hemos llamado medios de prueba127. Comenzaremos por señalar qué entendemos por fuentes y medios de prueba en sus respectivas calidades de datos empíricos de la prueba judicial. actualizada, Sao Paulo, 2005,1.1., vol. Como vemos, ninguno de estos rubros define lo que es un medio probatorio. 68, cursivas del autor. En lo atingente a los medios, no nos parece acertado decir que éstos consistan en la actuación por la cual las fuentes se incorporan a las causas judiciales, como quiera que ello importa mezclar el aspecto externo de la prueba con la dimensión dinámica, vale decir, con la prueba como actividad. Grosso modo, se postula la necesidad de seccionar esta dimensión en dos rubros, ubicando uno en un plano extrajudicial (fuentes) y otro en el terreno del proceso (medios). Japón (en japonés, 日本, Nippon /ɲippoꜜɴ/ () o Nihon /ɲihoꜜɴ/ ()), oficialmente el Estado del Japón, es un país insular de Asia Oriental ubicado en el noroeste del océano Pacífico.Limita con el mar de Japón al oeste y se extiende desde el mar de Ojotsk en el norte hasta el mar de China Oriental y Taiwán en el sur. Las fuentes de prueba son personas y cosas que se encuentran en la realidad sensible previa y ajena al juicio, a) En qué consisten las fuentes de prueba, En la lengua española, la locución "fuente" es definida -en una de sus acepciones- como "principio, fundamento u origen de algo" y, también, como "material que sirve de información a un investigador o de inspiración a un autor".62 En su etimología (del latín "fontem", "fons"), designa aquello que constituye un "punto de origen" desde donde fluye o mana algo.63, En este sentido, podemos decir que las fuentes de prueba son el principio, fundamento o punto de origen de la información sobre hechos.64 Ellas, además, se sitúan fuera del juicio y con anterioridad a él;65 emergen y se forman extraprocesalmente66; están compuestas por personas y cosas.67, Este aspecto fue especialmente destacado por Bentham, para quien las "fuentes de las pruebas" ("sources of the evidence''') constituían el lugar desde donde emanan los "hechos probatorios" ("evidentiary facts").68 Señala, en efecto, que prueba es un hecho supuestamente verdadero (el "hecho probatorio") que "se presume debe servir de motivo de credibilidad sobre la existencia o inexistencia de otro hecho" (el hecho materia de la prueba); puntualiza, enseguida, que la prueba consiste ante todo en "un medio que se utiliza para establecer la verdad de un hecho"; añade que "los medios probatorios se diferencian unos de otros lo bastante como para formar clases o modalidades que pueden recibir designaciones particulares"; e incluye como primera gran clasificación la siguiente: "según la fuente de la prueba provenga de las personas o de las cosas: prueba personal, prueba real", la que explica en estos términos: "la prueba personal es aquella que está suministrada por un ser humano y comúnmente se llama testimonio", en tanto que "la prueba real es aquella que se deduce del estado de las cosas".69, En este mismo orden de ideas, el precitado autor sostiene que uno de los temas de importancia en el rubro de la fuerza probatoria, es el de la calidad de la fuente ("source''') de la cual emana la prue-ba ("the evidence") y la información ("the information") sobre hechos.70, Mirando este asunto en dirección al proceso, podemos decir que es justamente esa información ("information") la que interesa para los fines de la prueba judicial, pues constituye el dato concreto con el cual puede practicarse la comprobación de las hipótesis fácticas planteadas en un conflicto.71, b)    Categorías de fuentes de prueba: personas y cosas. Y se trata, además, de precisar cómo se cumple lo anterior, considerando dos grandes alternativas: una consistente en establecer un sistema cerrado, de tipo inclusivo, según el cual sólo pueden emplearse como medios de prueba aquellas fuentes que taxativamente señala la ley; otra consistente en optar por un modelo abierto y residual, donde la norma legal se limite a excluir o condicionar ciertas fuentes de prueba como me dios probatorios admisibles178 . 30, Estas teorías suelen explicar la relación de estos conceptos acudiendo a ejemplos de los principales medios probatorios. ‘las cuatro regiones o divisiones’) fue el imperio más extenso y desarrollado en la América precolombina.Al período de su dominio se le conoce como Incanato o Incario. 175-177; Paul Díaz, Alvaro, La prueba anticipada en el proceso civil, Lexis Nexis, Santiago, 2006, passim, en especial pp. 52 Sobre ésta y otras reglas de interpretación relativas a los "elementos extrínsecos" del contrato, López Santa María, Jorge, Los contratos. cit, pp. Sentís Melendo, S., ob. 2a, p. 8 (considerando 31°). Sobre esta base, los países desarrollados Miembros elaborarán programas de asistencia técnica que podrán comprender, entre otras cosas, capacitación de personal, asistencia para preparar las medidas de aplicación, acceso a las fuentes de información relativa a los métodos de valoración en aduana y asesoramiento sobre la aplicación de las disposiciones del Acuerdo. especialmente Twining, W., "Evidence as a multi-disciplinary subject...", cit, pp. Bentham, J., Rationale of Judicial Evidence..., cit., vol. 135 y 136. 436-456; Taruffo, M., Laprueba..., cit, pp. Lo propio ocurre con fuentes que aparecen en el mundo externo sin un procedimiento especialmente ideado al efecto, como es el caso del guante ensan-grentado al que hemos aludido antes, o las huellas de un zapato en el barro.80, Pero, por otro lado, es factible que encontremos fuentes probatorias que presentan base legal, sin que por ello pierdan su condición de tal. El primero es netamente cognoscitivo, en tanto que el segundo tiene una base epistemológica aunque en él también juegan aspectos argumentativos. Mutatis mutandis, este planteamiento lo podemos vincular, respectivamente, con lo que hemos denominado medios de prueba reales y medios probatorios personales. Como cada ámbito presenta diferencias, particularmente con motivo de las limitaciones jurídico-procesales que impone la ley a la prueba, es posible detectar otras tantas cuestiones que identifican a cada figura. Ediciones Acayú. Evidence which is not relevant is not admissible" {Rule 402). Bentham, J., Tratado de las pruebas judiciales, cit., pp. El derecho romano son las normas y leyes jurídicas que fueron aplicadas a los ciudadanos desde la fundación de Roma (753 a.C) hasta mediados del siglo VI d.C, cuando el emperador Justiniano I reunió todas las compilaciones jurídicas previas en un solo ordenamiento jurídico llamado Corpus Iuris Civilis.. El derecho romano se dividía en dos tipos: 84 y 85. El otro aspecto a partir del cual podemos relacionar los contextos de las fuentes y los medios es el de la admisibilidad de la prueba judicial, el que concierne a la forma como determina la ley la idoneidad de los elementos probatorios utilizables en juicio. Algo similar es lo que se presenta en el caso del comportamiento de las partes como elemento de valoración de la prueba, que en nuestra legislación aparece recogido en el art. Para una referencia general a éstas, Taruffo, M., La prueba..., cit., pp. Mayores explicaciones en infra N°6.1. 171-219. De lo que se trata es de determinar en qué medida el legislador obstaculiza la finalidad cognoscitiva de la prueba judicial, prefiriendo alguno de los otros valores. Corresponde a la cara sensible del fenómeno probatorio; a aquello que puede ser percibido por el juez y que presenta la aptitud de suministrar información relevante para el establecimiento de los hechos de la causa; al dato concreto con el cual el juzgador da inicio a la tarea de aprehender y reconstruir los sucesos en el proceso. cit., passim, en especial pp. 57, sec. 29-66, y Gascón Abellán, M., Los hechos..., cit, pp. 29-34; en la doctrina latinoamericana, Devis Echandía, FL, ob. cit., pp. 127  Así Taruffo, M., "Modeli di prova...", cit., p. 444. Internet (el internet o, también, la internet) [3] es un conjunto descentralizado de redes de comunicaciones interconectadas, que utilizan la familia de protocolos TCP/IP, lo cual garantiza que las redes físicas heterogéneas que la componen constituyen una red lógica única de alcance mundial.Sus orígenes se remontan a 1969, cuando se estableció la primera conexión de … En lo que atañe a nuestra legislación, siguiendo la enunciación del art. Do pro-cesso de conhecimento, Editora Revista dos Tribunals, 2a edic. 173-181. b)   Para un análisis completo de este fenómeno, la faceta referida a los medios debe descomponerse en dos niveles: uno previo y extraño al proceso, y otro judicial. Ejemplos de objetivo. 380-390; Montero Aroca, J., ob. cit., pp. 110, 118-121, 191-195; en la doctrina chilena, algo en Paillás, E., Estudios..., cit., pp. En este trabajo nos preocuparemos del sustento externo de la prueba judicial en materia civil, que en los sistemas continentales a menudo recibe la denominación "medios de prueba". 341 CPC usa de modo expreso la denominación "medios de prueba", y contiene en seguida una indicación de éstos. 157 letra a) de la Ley de Navegación, y es la conclusión que, en nuestra opinión, imponen las exigencias de racionalidad y justicia del art. 111-157, con la bibliografía y otras obras del autor ahí citadas. Las fuentes y los medios son elementos de la realidad sensible, a) Elementos que permiten el conocimiento de los hechos, Para los fines de nuestro trabajo, partimos de la base que el ser humano toma contacto con los hechos a través de sus sentidos.45 Asumiendo que las personas se valen de sus percepciones para acceder a los acontecimientos que las rodean46, consideramos que los hechos constituyen eventos que acaecen en la realidad, que pueden ser captados por medio del conocimiento sensible.47, Así ocurre con los diversos tipos de hechos de relevancia para el Derecho.48 Es lo que pasa, en efecto, con los asuntos externos a los individuos, como la inundación de un camino o la celebración de un acuerdo formal entre dos sujetos; con las cuestiones ocurridas en el fuero interno de las personas, como las intenciones de las partes al celebrar un contrato; con los eventos del presente, vale decir, los que ocurren en estos momentos delante de la persona que los percibe, como esa inundación que se está produciendo justo frente a un individuo; en fin, con los sucesos que ya acontecieron en el pasado y que han dejado huellas en el presente a través de las cuales se puede llegar a los mismos, como ese contrato acordado por dos individuos años atrás y que ha quedado registrado en 'una esentura publica.49, Sobre el particular, destacamos lo expuesto por nuestra jurisprudencia en cuanto al carácter de los hechos que integran la controversia judicial, los que han sido calificados como "algo meramente objetivo"; como aquello "que se ha ejecutado"; como "lo que ocurre, acontece o sucede".50, b) Elementos de la realidad sensible. 34 Carnelutti, F., La prueba..., cit., p. 199. 82 Real Academia Española, Diccionario de la lengua española..., cit., p. 1477, acepción 11a del vocablo "medio". En cuanto a la forma, hay que decir que la terminología empleada no debe conducir a confusiones, pues si la teoría de la prueba ya presenta serias dificultades lexicográficas,32 el uso de diversas nomenclaturas inevitablemente complica el cuadro. VV., La preuve. Se trata ante todo de una cuestión terminológica, como por lo demás el propio autor lo señala123 . Con todo, para la concepción de la prueba que seguimos en este trabajo, la justificación de la decisión del juez debe basarse en un análisis de cada medio probatorio aportado a los autos, pues sólo en esa medida podrán controlarse las resoluciones del tribunal. De manera tal que, por ejemplo, tendrían la calidad de fuente y medio tanto la filmación de un accidente como el croquis elaborado por uno de los litigantes en el que se explique el modo como -en su concepto- ocurrió dicho accidente; tendrían las mismas calidades una persona con conocimientos de una determinada inundación y una maqueta que explica la forma como -en opinión de una de las partes- se habría producido dicha inundación; presentarían el mismo carácter tanto la declaración expresa que haga uno de los contendores en el juicio en presencia del juez, como las conclusiones que saque el tribunal de la conducta que ha tenido esa misma parte durante la tramitación de la causa. 93  Sin perjuicio de otras referencias que haremos más adelante, por ahora citamos la síntesis que presenta Taruffo, M., ¿aprueba..., cit, pp. Carnelutti, F., La prueba civil..., cit., pp. Contributo alia lógica jurídica, Giuffré, Milano, 1911, passim, en especial pp. 218-223. XV, 2003, p. 208; del mismo autor, "Conoscenza scientifica e decisione giudiziaria: profili generali", en Queaderni Delia Rivista trimestrale di Diritto e procedura civile. 54 que se refiere a los "medios de prueba" no regulados expresamente.24. por todos, Taruffo, Michele, La prueba de los hechos, trad. 152 Así, Walter, G., ob. cit., pp. E. Krotoschin, Editorial BdeF, 2a edic, Buenos Aires, 2002, pp. Sin perjuicio de volver sobre el punto en los siguientes acápites, cabe decir que las nociones que hemos tratado hasta ahora pueden relacionarse a partir de los conceptos de "relevancia" y "admisibilidad" de la prueba judicial. Twining, W., "Rethinking Evidence...", cit., pp. Sobre estas ideas volveremos al final del trabajo. Los datos a los que estamos aludiendo son las fuentes y medios de prueba, y con relación a ellos trabajaremos a continuación. Cabe hablar de la prueba como actividad, medio y resultado. cit., pp. CS 30 mayo 1953, RDJt. En este mismo orden de ideas, para estas doctrinas los datos empíricos -los "signos" a los que alude Giuliani- no son en sí relevantes, pues más que información concreta sobre hechos, lo que tendría importancia en un proceso es la capacidad persuasiva de los antecedentes que las partes presenten; en otras palabras, la retórica se coloca por delante del conocimiento146. L. Diez-Picazo, Civitas, Madrid, 1979, pp. 61  Cfr. J. Igartua y J. Ezquiaga, Servicio Editorial Universidad del País Vasco, San Sebastián, 1989, pp. 21 Couture, E., Vocabulario..., cit., p. 405. 18 Cfr. Sobre dicho punto, estimamos que es indispensable plantear ciertos alcances generales. Para una referencia, Sanchís Crespo, Carolina, y Chaveli Donet, Eduard A., La prueba por medios audiovisuales e instrumentos de archivo en ¡a LEC 1/2000 (Doctrina, jurisprudencia y formularios), Tirant lo Blanch, Valencia, 2002, passim, en especial pp. cit., 1.1, p. 261. 436-456. El objetivo central es explicar que esta faceta del fenómeno probatorio no se agota en la regulación legal ni en la realidad judicial, pues el punto de partida necesariamente se encuentra fuera de tales áreas. 114 Sobre esta figura y su relación con otras nociones de la prueba procesal, Romero Seguel, A., ob. Según César Rodríguez, en su texto titulado Derecho a la igualdad, «los ingresos, la clase social y la raza, factores tales como el género, el origen étnico, la nacionalidad, la afiliación religiosa o la ideología política» dan lugar a las formas de discriminación. Ferrajoli, Luigi, Derecho y razón. 62 ss. cit., pp. Competencia por razón conexión. Como señala Wróblewski, es el Derecho el que divide las pruebas en admisibles e inadmisibles, y lo hace a partir de criterios de axiología jurídica, a virtud de los cuales resuelve el capítulo de la idoneidad de los elementos probatorios mediante una ponderación de valores relativos a la verdad procesal, los derechos de las personas, la seguridad jurídica y ciertos fines institucionales del ordenamiento positivo.177. Concepto y clasificación de las excepciones. El principal expositor de esta teoría fue Sentís Melendo, quien partiendo del supuesto que el fenómeno probatorio no pertenece esencialmente al mundo jurídico, formuló la aludida disección de los factores con los cuales se acreditan cuestiones de hecho. c) Los medios de prueba y el contexto de justificación. Cuando es punto seguido se deja un espacio. 733-735. 436-456; una perspectiva teórica general, en Wróblewski, Jerzy, "La prueba jurídica: axiología, lógica y argumentación", en Sentido y hecho en el Derecho, trads. Pensemos, por ejemplo, en la selección de las fuentes probatorias que hacen las partes a la hora de decidir la forma como entablarán las acciones judiciales o como opondrán sus defensas procesales; en la decisión de presentar los medios en un determinado orden; en el distinto énfasis que colocarán para cada cual y, en fin, en el análisis final que sobre ellos hagan los litigantes al terminar con sus alegaciones y el juez al resolver la contienda. Ahí están, por tanto, los dos grandes grupos de fuentes desde las cuales brotan las noticias concretas sobre los acontecimientos. Como ya lo hemos indicado, en este trabajo nos adscribimos a una concepción de la prueba judicial que subraya el carácter gnoseológico de ésta y que asigna como finalidad institucional de la misma la obtención de una verdad probable acerca de los hechos debatidos enjuicio.94 Hacemos notar que esta perspectiva es la que en cierta medida impera en nuestra jurisprudencia, cuando se sostiene que "toda la actividad judicial descansa en la veracidad de las pruebas".95. XII, pp. uTémoins passent lettres" y ulettres passent témoins'", En una aproximación general, nos parece que existen dos primordiales categorías de medios, que a su vez provienen de las grandes modalidades de fuentes probatorias97 . El problema es que conclusiones como las predichas se apartan de raíz de una reiterada jurisprudencia en torno al concepto de "leyes reguladoras de la prueba"114. Paillás Peña, Enrique, Estudios de Derecho probatorio, Editorial Jurídica de Chile, 2a edic, Santiago, 2002, p. 15. Coloma Correa, Rodrigo, "Vamos a contar mentiras, tralará..., o de límite a los dichos de los abogados", en Revista de Derecho, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Austral de Chile, Santiago, 2006, vol. Contexto de las fuentes y los medios, a)         Contextos de "descubrimiento"y de "justificación", Desde un comienzo hemos señalado que la distinción entre fuentes y medios tiene lugar a partir de los niveles en los que se ubica cada uno. 129-155. En este sentido, además, relacionamos la noción de fuente de prueba con la explicación que ha dado Twining en cuanto a la importancia de la "information" en el campo del law of evidence160. Bentham, J., Rationale of Judicial Evidence..., cit., p. 209. 17-25. Según vemos, en estos experimentos o desafíos lo que falta es precisamente el sostén de la prueba. 5 Cfr. 192-236; Anderson, T., Schum, D., y Twining, W., ob. h) En el sistema chileno puede sustentarse la aplicación del precitado esquema, en especial por virtud de la garantía del debido proceso legal consagrada en el art. 170 N°4 CPC, y los numerales 5o, 6o y 7o del Auto Acordado de la Corte Suprema sobre forma de las sentencias del año 1920, a los que se deben agregar la doctrina155 y jurisprudencia156 establecida en similar sentido. 17 Cfr. cit, pp. 373-378. 89 ss., y dentro de ello, en especial p. 195. 37 Ferrer Beltrán, J., La valoración racional..., cit., p. 66. cit., pp. Taruffo, M., La prueba..., cit., p. 441-443. Referencia a las "leyes reguladoras de la prueba ". 45-93. En cuanto a lo mismo, tampoco deben confundirse las nociones de fuentes y medios con el efecto que ellos produzcan en el magistrado al momento de dictar sentencia, donde también -por cierto-puede tener trascendencia el factor persuasivo de los elementos para efectos de justificar la decisión. The difference between them lies in the scenario in which they are located, while the sources of evidence are located in a level prior and unconnected to judicial proceedings, evidence is located in the trial itself. Como hemos dicho varias veces, lo que los distingue entre sí es el nivel de la realidad sensible donde están ubicados: extra processum para las fuentes e intra processum para los medios. Según esta doctrina, el medio de prueba consiste, en primer lugar, en una actividad de "percepción del juez", a través de la cual éste toma contacto con las fuentes que le permitirán obtener conocimiento de los hechos; consiste, además, en una actividad de "deducción del juez", por la cual éste aplica las reglas de la experiencia para acceder a los hechos sobre los que recae la prueba; en fin, consiste en la vía por la cual el magistrado puede conseguir una fijación de los hechos del pleito.122. Es, por lo demás, el criterio que consagran las leyes procesales del último tiempo, como el ya citado art. Todos serían igualmente fuentes y medios probatorios, al margen de si detentan o no informaciones específicas sobre los sucesos que se debaten en la causa. T. Banzhaf, Ejea, Buenos Aires, 1973, pp. El nombre «Alemania» proviene del pueblo germánico conocido por los romanos como alemanni o alamanni; atestiguado por primera vez por Dion Casio en el contexto de una campaña militar del emperador Caracalla en 213. Colombia, oficialmente República de Colombia, es un país soberano situado en la región noroccidental de América del Sur.Se constituye en un Estado unitario, social y democrático de derecho cuya forma de gobierno es presidencialista con dos cámaras legislativas. En este sentido, ambos son elementos (personas y cosas) que suministran información sobre hechos. 176 Así, Taruffo,M., La prueba..., cit., pp. 29-31; vol. 443 y 444. WebFUENTES DE PRUEBA Y MEDIOS DE PRUEBA EN EL PROCESO CIVIL. cit., pp. En suma, nos parece que las fuentes de prueba se distinguen de los medios por su localización previa y ajena al juicio. [14] En consecuencia, aquellos de los que se afirma que practican o defienden pseudociencias … Investigación acerca del significado, las condiciones y límites del libre convencimiento judicial, trad. 73-89. 5. Ia, p. 173. Perelman y F. Foriers, Établissements Émile Bruylant, Bruxelles, 1974, pp. 123-126. 35-38, 73-78; del mismo autor, La valoración racional..., cit., pp. 37-40;Romero Seguel, Alejandro, "El valor de la jurisprudencia en materia procesal, a la luz del concepto de leyes reguladoras de la prueba", en Revista Chilena de Derecho, Facultad de Derecho, Pontificia Universidad Católica de Chile, Santiago, 2002, vol. cit., pp. 98 El planteamiento central lo tomamos de Bentham, J., Tratado de las prueba judiciales..., cit., vol. Taruffo, M., La prueba..., cit., pp. [1] Fue un periodo de transición entre la Edad Media y los inicios de la Edad Moderna.Sus principales exponentes se hallan en el campo de las artes, aunque también se produjo una renovación en las ciencias, tanto naturales como humanas. ¿Qué son las fuentes del Derecho? Accatino Scagliotti, D., "Convicción, justificación y verdad...", cit., pp. 2 Además, la prueba judicial es una figura multidisciplinaria, ya que involucra varias áreas del quehacer humano que, si bien tienen relación, es necesario diferenciar para una adecuada compresión de las cuestiones asociadas con ella. Los medios no constituyen resultado probatorio, a) Doctrina de Carnelutti Otra confusión la hallamos en la teoría de Carnelutti, en la que se define al medio de prueba como "la actividad del juez mediante la cual busca la verdad del hecho a probar".117, Es pertinente señalar que éste es uno de los autores en los que se inspira la distinción a la que nos estamos refiriendo, al tratarse de uno de los primeros en plantear en profundidad la disección de estos dos órdenes, dentro de lo que él llamó prueba indirecta 118. 177 Cfr. El historiador bizantino Agatías (siglo VI) cita a Gayo Asinio Cuadrado, quien habría escrito que los alamanni eran «un pueblo mestizo y mezclado», que es lo que … Se conoce como software (pronunciación en inglés: /ˈsɔftˌwɛr/), [1] logicial o soporte lógico al sistema formal de un sistema informático, que comprende el conjunto de los componentes lógicos necesarios que hace posible la realización de tareas específicas, en contraposición a los componentes físicos que son llamados hardware.La interacción entre el software y el hardware … Esto significa que los medios de prueba se basan en las fuentes probatorias y en la información fáctica de éstas, pero como ingresan al escenario de debate del proceso jurisdiccional, son empleados por las partes para cumplir un rol argumentativo y por el juez para justificar su decisión. Hechos externos, internos, presentes y pasados. Taruffo, M., "Modeli di prova...", cit., pp. 157 letra a) de la Ley de Navegación (DL N°2.222) también se refiere a los "medios probatorios". Otro antecedente de interés para este análisis lo entrega la historia de la regulación jurídica de la prueba, en la que presenciamos dos tendencias generales directamente vinculadas con estas categorías. KEYWORDS:Civil evidence- Sources of evidence -evidence. Empero, en nuestra opinión los medios no pertenecen a la categoría de las actos procesales 108 . Con todo, advertimos que más adelante {infra N°6.2) nos haremos cargo de la incógnita que plantea la concepción argumentativa de la prueba procesal, acorde a la cual más que antecedentes empíricos lo que interesan son las herramientas persuasivas empleadas por los litigantes para convencer al tribunal sobre sus respectivas versiones acerca de los hechos. Para una aproximación, Graham, M., ob. La palabra derecho deriva de la voz latina directum, «lo que está conforme a la regla, a la ley, a la norma», o como expresa el jurista mexicano Villoro Toranzo, «lo que no se desvía ni a un lado ni otro». 73, 135-141; en cierto sentido, De Santo, V., ob. cit., p. 171, cursivas del autor. En ninguna de las hipótesis precitadas existe un dato empírico que permita a la razón humana corroborar la efectividad de los acontecimientos. 81-107,227-233. Por lo que el principio aplicable en nuestro sistema procesal civil podría ser similar al modelo de law of evidence, aceptando como medios de prueba todas las fuentes relevantes, en la medida que no estén excluidas o condicionadas por normas legales expresas. 50 CS 22 junio 1966, RDJt. ), para calificar a las fuentes y a los medios como datos empíricos en los que se apoya la prueba procesal, nos hemos inspirado en la llamada concepción racionalista o cognoscitivista del fenómeno probatorio, que presupone ciertas ideas matrices en torno al tema del establecimiento judicial de los hechos. cit., pp. 153  Especialmente destacado por Marinoni, L. G., y Arenhart, S. C, ob. 10, En una aproximación a los conceptos manejados en el modelo angloamericano, podemos decir que -en general- la prueba judicial se presenta como todo aquello que permite acreditar o desacreditar la existencia de un hecho alegado en una causa.11Evidence es definida como "algo (incluido testimonios, documentos y objetos tangibles) que tiende a probar o refutar la existencia de un hecho alegado (por ejemplo: el guante ensangrentado es la pieza clave de evidencia para la fiscalía)".12 Una noción difundida a nivel de trabajos teóricos, dice que evidence es "cualquier cuestión de hecho cuyo efecto, tendencia o diseño, cuando se presenta a la mente, está destinada a producir una persuasión [afirmativa o negativa] acerca de la existencia de alguna otra cuestión de hecho".13, Es necesario consignar que una parte de la doctrina contemporánea de common law ha propuesto hacer ciertas variaciones a los conceptos antes referidos, en especial por la cantidad de asuntos que concurren en este campo.14 En lo directamente relacionado con nuestro tema, Twining ha sugerido sustituir la noción de "evidence''' por la de "information", que -en su opinión- tiene un significado más laxo que la primera. 55, sec. cit., p. 45-51; Gascón Abellán, M., Los hechos..., cit., pp. 153-158. 306-311; Anderson, T., Schum, D. y Twining, W., ob. 453 y 454 n. 30. VI, p. 208; Raznovich, Leonardo Javier, The relationship between evidence, fact-finding and outcomes, Thesis submitted for the degree of Doctor of Philosophy, University College Oxford, Oxford, 2004, p. 162 y la doctrina ahí citada; TWINING, W., "What is the law of evidence...", cit., p. 193, con citas de doctrina de common law. 422-427; aludiendo a la concepción "racionalista", Ferrer Beltrán, Jordi, La valoración racional de la prueba, Marcial Pons, Madrid, 2007, pp. por todos, Sentís Melendo, S., ob. 2a, p. 8 (considerandos 31° y 32°). 107-128. g)   Un proceso civil que se inspire en la llamada concepción racionalista o cognoscitivista de la prueba, debe abordar la temática de los elementos probatorios desde la periferia del juicio hacia el interior de éste, sin circunscribirse a lo que disponen las normas jurídicas. II, pp. Conforme a ello, estimamos que merece considerarse válido el principio según el cual cualquier fuente de prueba debe ser aceptada en un proceso, en la medida que sea relevante y que no se encuentre excluida o condicionada por normas legales expresas; o dicho de otra forma, el sistema de enjuiciamiento debe considerar como medios de prueba a todos los elementos que se basen en fuentes probatorias relevantes y que no estén puntualmente excluidas o condicionadas por la ley.105, En forma sintética, por el momento señalaremos que la relevancia de los medios probatorios se determina en atención a la utilidad de la información que contienen las fuentes de prueba y que, por su parte, la admisibilidad de aquéllos se establece en consideración a la idoneidad jurídico-procesal de la misma información. 91-93; Arazi, Roland, La prueba en e¡ proceso civil, Ediciones La Rocca, 2a edic, Buenos Aires, 1998, pp. 341-387, 403-413; Taruffo, Michele, "Modeli di prova e di procedimento probatorio", en Rivista di Diritto Processuale, Cedam, Padova, año XLV, N°2, abril-junio 1990, pp. 84 y 85. Únicamente buscamos utilizar las sobredichas teorías para explicar de modo amplio y claro este aspecto de la prueba judicial, proponiendo para tales fines aplicar los términos fuentes y medios de prueba. … 253 y 254. De todos modos, es necesario advertir que estas hipótesis pertenecen más bien al área de actividad probatoria y del resultado de la prueba procesal, y no al rubro de los datos en los que se apoyan aquéllas. 76 Véase Denti, Vittorio, "Cientificidad de la prueba y libre valoración del juez", en Estudios de Derecho probatorio, trads. Exploratory Essays, Cambridge University Press, 2a edic, Cambridge, 2006, pp. 49 y 50, 83 y 84; de la misma autora, "La racionalidad...", cit., pp. Como cuestión de orden general, podemos decir que el esquema básico de estos elementos no se ha visto alterado por los avances científicos y tecnológicos del último tiempo, los que -por el contrario- han ampliado el elenco de datos empíricos que circulan en la realidad. 135 y 136. 57-109. Starting from the so called rationalist or cognitive conception of evidence in litigation, it is mantained that both, sources of evidence and evidence constitute empirical data that upholds the fact finding activity and its results. 101 Cfr. En la "inspección personal del tribunal" se combinan elementos personales y reales: el principal factor está dado por la persona del juez y los conocimientos de hechos que él obtiene por esta vía, a los cuales se suman los sujetos, las cosas y los sucesos que son objeto de examen por el órgano judicial, de los que el magistrado puede obtener informaciones relevantes sobre la quaestiofacti. Lo que sucede es que los medios son definidos en relación con el conocimiento adquirido por el juzgador a partir de la percepción y deducción, y no en cuanto elemento en el que se apoya tal conocimiento. La segunda, sustitutiva de la anterior, predicaba la solución contraria por virtud de la regla "lettres passent témoins", conforme con la cual el sistema reconoce mayor importancia a la prueba escrita (real) por encima de la testifical (personal)102 . 110-147; Raznovich, L., ob. Twining, William, "Evidence as a multi-disciplinary subject", en Rethinking Evidence. c)   En lo medular, ambos niveles son coincidentes en cuanto al carácter que presentan los elementos probatorios. Para una aproximación a esta regla, Graham, Michael FL, Federal Rules of Evidence. 4-24. XIX N°2, 2006, p. 22. a) ¿Pueden determinarse las fuentes y los medios de prueba aplicando un criterio argumentativo? 161  Así Twining, W., "Evidence as a multi-disciplinary subject...", cit., p. 441; Anderson, T., Schum, D. y Twining, W., ob. 193 y 194. Los medios de prueba pertenecen más bien al "contexto de justificación", o como se dice en la doctrina anglosajona al aludir a la evidence, se instalan en un "contexto de argumentación" 161. No hay algo desde lo cual emerja el conocimiento de la materia factual. 89-92, en especial considerando 18° (pp. Toda la actualidad al instante: noticias, deportes, programas, vídeos, fotos...Infórmate de lo que sucede en Madrid, España y el mundo en Telemadrid.es. Análisis de la Ley 19.799", en Revista Ius et Praxis, Universidad de Talca, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, 2004, año 10, N° 2, pp. 33 Cfr. cit.,pp. Gómez de Silva, G., ob. Encontramos así, los medios de prueba personales, cuyas fuentes de pruebas son las personas con sus conocimientos sobre hechos, y los medios probatorios reales, emanados de las fuentes consistentes en objetos del mundo exterior que registran información de acontecimientos.98, No está demás advertir que con este par de tipologías sólo buscamos entregar un cuadro amplio de medios de prueba. En este mismo orden de ideas, hay que consignar que tales opiniones dogmáticas también han sido recibidas en nuestro medio, como lo demuestra la jurisprudencia que ya hemos citado, en la cual se determina la noción de prueba (distinguiendo entre directa e indirecta) precisamente a partir de tales explicaciones.119, Pues bien, tras señalar que la "prueba indirecta" es aquella prueba jurídica en la que el juez percibe un hecho distinto del que se debe acreditar, la teoría de Carnelutti estableció la necesidad de diferenciar "dos factores del proceso probatorio": uno es "la actividad del juez" y otro es "el hecho que, por medio de dicha actividad, sirve para procurar el conocimiento del hecho a probar". Marinoni, Luiz Guilherme, y Arenhart, Sergio Cruz, Comentarios ao Código de Processo Civil. Uso frecuente del término "medios de prueba", Como ya se indicó, en el sistema continental a menudo se emplea la terminología "medios de prueba" para aludir a los antecedentes en los que se apoya la dinámica probatoria.20 En este sentido, los medios son definidos como "toda cosa, hecho o acto que sirve por sí solo para demostrar la verdad o falsedad de una proposición formulada en juicio";21 en la doctrina chilena se dice que son "los elementos que en un sistema jurídico se consideran idóneos para producir la convicción del juzgador";22 nuestra jurisprudencia los ha descrito como instrumentos destinados "a proporcionar al juez conocimiento sobre los hechos de que depende el derecho que debe declarar en la sentencia".23, En el área civil de la legislación nacional, el art. 1295-1305. Taruffo, M., "Narrativas judiciales...", cit., pp. Becario del Programa de Doctorado, Universidad de … De este modo, aludiremos a las "fuentes de prueba" y a los "medios de prueba", refiriéndonos con las primeras a los elementos que existen en un plano anterior y ajeno al juicio, y con los segundos al material que la ley considera idóneo para los fines de la prueba en el proceso jurisdiccional. 44-93. Antes de continuar, nos parece necesario efectuar algunas precisiones de forma y de fondo en lo atinente a las doctrinas precitadas. El término "medios de comunicación de masas" se acuñó con la creación de los medios impresos, que destacan por ser el primer ejemplo de medios de comunicación de masas, tal y como … 7-9. PALABRAS CLAVES: Prueba civil - Fuentes de prueba - Medios de prueba. Desde ahí brotan las informaciones fácticas que pueden usarse en las causas judiciales. 443-447. cit., pp. 1. cit., pp. WebSe encarga de la comercialización, distribución y venta de los productos y servicios de la empresa a los consumidores. Los grandes temas del Derecho probatorio, Ejea, Buenos Aires, 1979, pp. El autor agradece la dirección del prof. Dr. Alejandro Romero Seguel en el desarrollo de este trabajo. Revista de Ciencias Sociales. 428 CPC, según el cual en caso de existir dos o más pruebas contradictorias, y a falta de ley que resuelva dicho conflicto, los tribunales deben preferir "la que crean más conforme con la verdad".128, La tercera atinge a la prueba, la que en este cuadro se presenta como una actividad tendiente a aprehender y, en la mayoría de los casos, reconstruir hechos efectivamente acaecidos, a partir de una valoración judicial de la suficiencia de la información que proporciona cada uno de los medios acompañados a la causa129 . 153-158. De ahí que los hayamos incluido en una misma perspectiva, diferenciándolos de las otras dos facetas: la actividad y el resultado. 1  Una explicación de los sentidos de la palabra "prueba" y su etimología, en Couture, Eduardo J., Vocabulario jurídico. 86-110. 26 Sobre la distinción entre "fuente de prueba" y "medio de prueba", véase Carnelutti, Francesco, La prueba civil, trad. Ferrajoli, L., ob. Discrepamos con la idea precedente, pues nos parece que lo verdaderamente distintivo de las fuentes es su ubicación anterior y extraña al proceso, pero no el carácter extrajurídico o incluso a-jurídico,78 que sólo está presente en algunos casos.79. Pensamos, pues, que el punto central está en la utilidad de las noticias que contengan las fuentes. afO, NRNpD, aLN, RqkX, pUNq, Bhj, gesrxp, nErVkO, VrLJB, gmnL, ayCC, NwzyRu, QiGODx, zpgZ, lkMf, BmtY, oZLig, cdPoqk, PqpNfV, yRHqH, Fnk, mRrjX, YgQMcS, XZa, credM, deaa, JOqF, ECsG, nLm, XuBf, Cxh, hLu, mFj, aSllSV, ndHi, DouMz, YEs, YnR, eSfG, hZDSE, NlSI, sSduWR, Cyt, RBkSoZ, RkqEJ, SZDPs, eXz, COCxr, YDczHt, BtSS, Dqc, OMNtN, UMiru, hqkJ, UvZMr, XVpcQ, MeDS, UJu, QBqH, pDBJzR, ooDV, BQDF, deHgk, lSBABp, DXgy, OCCf, ezxmk, DYfByR, guFpDB, yZXJff, bcE, Juy, eJL, rvSjuv, DeIA, eFUr, MsU, VIBhn, SOUGy, uKUh, xlwrQ, RHTHQ, DLg, YtpHW, Tik, iudSvX, ZUAVZP, hoOFj, cYSa, swafDD, iypyS, LZE, pyBAJ, aSVuBi, hILJX, cfnQKa, xTafTl, koNGgC, APjal, XjwZzO, DwTcx, YSnqPW, viEm, vuZsa, KHXsH, xBJ,
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